MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA

RUT 76308846-4 CVE 1751173
Fecha instrumento
20 de marzo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2020
Notario
Alejandro Américo Álvarez Barrera
Oficio
41 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La explotación, en forma de venta, sociedad, arriendo, loteo, subdivisión, urbanizaciones, superficie u otras cualesquiera, de los proyectos y bienes inmuebles que adquiera o construya. El desarrollo y construcción de todo tipo de proyectos inmobiliarios, para la habitación, comercio o industria, sea por cuenta propia o ajena, a suma alzada o por administración y, en general, toda actividad industrial o comercial análoga, que sea preparatoria, complementaria o derivada de las anteriores o que guarde con ellas relación de conexión o dependencia. La inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales; la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio; la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y en general la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetivos anteriores sea en el país o en el extranjero.”

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Extraordinaria de Accionistas de Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA socio 76308846-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Américo Álvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Constructora e Inmobiliaria Las Camelias SpA, RUT 76.308.846-4, inscrita a fojas 52.387 N. 34.924 en Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013. La Junta acordó de forma unánime modificar el objeto social, ampliándolo a inversiones, y modificar el artículo Tercero de los Estatutos Sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: La explotación, en forma de venta, sociedad, arriendo, loteo, subdivisión, urbanizaciones, superficie u otras cualesquiera, de los proyectos y bienes inmuebles que adquiera o construya. El desarrollo y construcción de todo tipo de proyectos inmobiliarios, para la habitación, comercio o industria, sea por cuenta propia o ajena, a suma alzada o por administración y, en general, toda actividad industrial o comercial análoga, que sea preparatoria, complementaria o derivada de las anteriores o que guarde con ellas relación de conexión o dependencia. La inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales; la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio; la participación en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y en general la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetivos anteriores sea en el país o en el extranjero.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2020.-