Instrumento
- Fecha
- 3 de abril de 2020
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- 16 notaría Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.738.943 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) la explotación de predios agrícolas propios o arrendados y la comercialización, venta y)o distribución en el país o en el extranjero de sus productos; (b) la producción, fabricación, procesamiento, compra, venta y distribución de toda clase de productos y mercaderías para el establecimiento del comercio, de industrias del sector agrícola y otras actividades, la importación y exportación de todo tipo de insumos, productos y mercaderías por cuenta propia o ajena; (c) la prestación de servicios, consultorías, asesorías, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo a, actividades agrícolas, industriales y comerciales; (d) comprar, vender, arrendar y, en general, explotar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces para fines agrícolas o forestales; y (e) desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Administración
don René Alonso Carreño Aguilera y doña María Fernanda Carreño Aguilera, quienes podrán actuar individualmente uno cualquiera de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, con fecha 03 de abril de 2020, en esta Notaría, repertorio número 1901, don René Alonso Carreño Aguilera, en su calidad de único y actual accionista de Sociedad Agrícola La Cumbre SpA, según consta en el Registro de Accionistas de la sociedad que tuve a la vista, sociedad inscrita a fojas 99.485, número 61.062 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, acordó su división, constituyéndose a partir de ella, entre otras, la sociedad por acciones denominada “Agrícola Loma Verde SpA”, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Agrícola Loma Verde SpA. Accionista: René Alonso Carreño Aguilera, cédula de identidad N°17.086.440-9. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) la explotación de predios agrícolas propios o arrendados y la comercialización, venta y/o distribución en el país o en el extranjero de sus productos; (b) la producción, fabricación, procesamiento, compra, venta y distribución de toda clase de productos y mercaderías para el establecimiento del comercio, de industrias del sector agrícola y otras actividades, la importación y exportación de todo tipo de insumos, productos y mercaderías por cuenta propia o ajena; (c) la prestación de servicios, consultorías, asesorías, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo a, actividades agrícolas, industriales y comerciales; (d) comprar, vender, arrendar y, en general, explotar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces para fines agrícolas o forestales; y (e) desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.738.943, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por don René Alonso Carreño Aguilera. Administración: don René Alonso Carreño Aguilera y doña María Fernanda Carreño Aguilera, quienes podrán actuar individualmente uno cualquiera de ellos. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de abril de 2020.