MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones El Sauce SpA

RUT 76109806-3 CVE 1749719
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
10 de marzo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de marzo de 2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10/03/2020, ante mí, se redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de CRISTÓBAL SÁNCHEZ ROMERO INVERSIONES S.p.A, celebrada con fecha 17 de septiembre de 2019, mediante la cual su actual y único accionista con derecho a voto acordó modificar la sociedad Cristóbal Sánchez Romero Inversiones S.p.A inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 40.663 número 28.149 del año 2010, en los siguientes sentidos: UNO.- MODIFICACIÓN RAZÓN SOCIAL: Se modificó el artículo Primero de los estatutos que queda de la siguiente manera: “Se constituye una sociedad por acciones con el nombre “Inversiones El Sauce SpA”, pudiendo usar válidamente y para todos los efectos legales el nombre de fantasía “El Sauce SpA”. DOS.- AUMENTO CAPITAL SOCIAL. MODIFICACIÓN ARTÍCULO CUARTO: se aumentó su capital social de $10.000.000 a la suma de $400.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, modificando el artículo Cuarto de los estatutos que quedó: “El capital social será la suma de $400.000.000 millones de pesos, dividido en 10.000 acciones, sin valor nominal, cada una nominativa, de la misma serie. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas representativas de dichos títulos. Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el administrador o el Directorio, en su caso, queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad, o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 1 año contado desde la fecha del acuerdo respectivo”. Se deja constancia que el capital suscrito y pagado es de $10.000.000 y el saldo deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de 1 año contado desde la fecha de la junta.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago 07 de abril de 2020.-