MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES Y MAQUINARIAS MASSARDO HERMANOS LIMITADA

RUT 76091859-8 CVE 1748603
Fecha instrumento
27 de febrero de 2020

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2020
Notario
Jean Jacques Dutrey Ossa
Oficio
Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jean Jacques Dutrey Ossa, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante el Titular con fecha 27 de febrero de 2020, 1) don FELIPE SEBASTIÁN MASSARDO ROJAS; 2) don IGNACIO ANDRÉS MASSARDO ROJAS; 3) don MARTÍN ANTONIO MASSARDO ROJAS; y 4) don ALDO PATRICIO MASSARDO ORTIZ, todos domiciliados para estos efectos en calle San Francisco 0933, comuna y ciudad de Temuco, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “TRANSPORTES Y MAQUINARIAS MASSARDO HERMANOS LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 187 vuelta número 190 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2010, en los términos siguientes: 1) don FELIPE SEBASTIÁN MASSARDO ROJAS cedió y transfirió el cien por ciento de los derechos que le corresponden en la Sociedad, lo que equivale a un 34% del total de los derechos sociales, a don ALDO PATRICIO MASSARDO ORTIZ quien los aceptó y adquirió. Como consecuencia de esta cesión de derechos sociales, don FELIPE SEBASTIÁN MASSARDO ROJAS se retiró de la Sociedad; 2) A fin de reflejar la cesión de derechos sociales contenida en la escritura extractada, se modifican los estatutos sociales, modificando además el uso de la razón social y la administración de la Sociedad. En consecuencia, se reemplazan los artículos Cuarto y Séptimo de los estatutos sociales sobre el capital social, y la administración de la Sociedad respectivamente, por los siguientes: “CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de veintitrés millones quinientos treinta mil pesos, el cual quedará distribuido de la siguiente manera: Uno) don ALDO PATRICIO MASSARDO ORTIZ, con un treinta y cuatro por ciento del capital social de la Sociedad; Dos) don IGNACIO ANDRÉS MASSARDO ROJAS, con un treinta y tres por ciento del capital social de la Sociedad; y, Tres) don MARTÍN ANTONIO MASSARDO ROJAS, con un treinta y tres por ciento del capital social de la Sociedad.” y “SÉPTIMO: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don ALDO PATRICIO MASSARDO ORTIZ, en adelante el «Administrador», quien anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, pudiendo además actuar por medio de apoderados o mandatarios que designe en cualquier momento, y participar y comparecer en la celebración de los siguientes actos o contratos, con todas las facultades establecidas en el pacto social, las que se dan por reproducidas para todos los efectos legales”. En todo lo no modificado se mantendrán plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de marzo de 2020.