MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DALMAZO E HIJO LIMITADA

RUT 76807638-3 CVE 1748589
Fecha instrumento
25 de marzo de 2020
Notaría
Talcahuano de don Gastón Ariel

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2020
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas titular
Comuna
Talcahuano de don Gastón Ariel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas titular, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 25/03/2020, otorgada ante mí, don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veintidós mil doscientos ochenta y tres guión seis, domiciliado en calle Caupolicán número ciento sesenta y nueve, comuna de Concepción; doña GLADYS DEL CARMEN DALMAZO MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad número ocho millones quinientos siete mil novecientos treinta y tres guión seis, domiciliada en calle Eusebio Lillo número ciento sesenta y nueve, Villa Icalma, comuna de San Pedro de la Paz; y don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veintiún mil seiscientos cuarenta y cuatro guión cinco, domiciliado en calle Eusebio Lillo número ciento sesenta y nueve, Villa Icalma, comuna de San Pedro de la Paz, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “DALMAZO E HIJO LIMITADA’’, nombre de fantasía de “DALMAZZO E HIJO LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha seis de noviembre del año dos mil diecisiete, otorgada en la Notaría de Talcahuano de don Gastón Ariel Santibañez Torres, cuyo extracto se inscribió a fojas dos mil cuatrocientos veintiuno, número mil novecientos dieciséis, en el Registro de Comercio del año dos mil diecisiete, del Conservador de Bienes Raíces de CONCEPCIÓN, y se publicó en el Diario Oficial de fecha once de noviembre del año dos mil diecisiete, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochocientos siete mil seiscientos treinta y ocho guión tres, cuyo capital social actual es la suma de veinte millones de pesos y que, a la fecha, no ha sido objeto de modificaciones, en el siguiente sentido: A) MODIFICACIÓN: En cuanto a los socios: -Se retira de la sociedad doña GLADYS DEL CARMEN DALMAZO MARTÍNEZ, quien vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “DALMAZO E HIJO LIMITADA’’, y que corresponde al quince por ciento del total del capital y de los derechos sociales de la compañía, a don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, quien los compra, adquiere y acepta para sí. En esta cesión quedan comprendidos todos los haberes que a la cedente correspondan, o pudieran corresponderle a cualquier título o denominación, respecto del porcentaje que por este acto cede al cesionario, especialmente su parte del capital social, fondos de reserva, como asimismo las obligaciones y/o deudas, que le pudieran corresponder, que en definitiva serán responsabilidad de la sociedad.- El precio de esta cesión asciende a la suma única y total de tres millones de pesos, que el cesionario, don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, paga a doña GLADYS DEL CARMEN DALMAZO MARTÍNEZ, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente que recibe la suma antes señalada a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al respecto. Cedente y cesionario se otorgan el más amplio y recíproco finiquito y renuncian desde ya, al ejercicio de la acción resolutoria que pudiere emanar de este contrato por cualquier causa. Doña GLADYS DEL CARMEN DALMAZO MARTÍNEZ, otorga a la sociedad y a su ex socio, el más amplio y absoluto finiquito, por lo que no tiene cargo alguno que formular derivado del contrato de sociedad; -Don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO, titular del ochenta y cinco por ciento del patrimonio social, vende, cede y transfiere el cuarenta por ciento de sus derechos en la sociedad, a don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, quien los compra, adquiere y acepta para sí. En esta cesión quedan comprendidos todos los haberes que al cedente correspondan, o pudieran corresponderle a cualquier título o denominación, respecto del porcentaje que por este acto cede al cesionario, especialmente su parte del capital social, fondos de reserva, como asimismo las obligaciones y/o deudas, que le pudieran corresponder, que en definitiva serán responsabilidad de la sociedad.- El precio de esta cesión asciende a la suma única y total de ocho millones de pesos, que el cesionario, don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, paga a don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO, en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente que recibe la suma antes señalada a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular al respecto. Cedente y cesionario se otorgan el más amplio y recíproco finiquito y renuncian desde ya, al ejercicio de la acción resolutoria que pudiere emanar de este contrato por cualquier causa.- En virtud del retiro y cesiones señaladas, a contar de esta fecha, ingresa a la sociedad, don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO.- En consecuencia, los únicos y actuales socios de la sociedad son: don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO y don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO.- Los únicos y actuales socios, reiteran que limitan su responsabilidad al monto de su participación social y que se repartirán las eventuales utilidades y pérdidas del mismo modo, esto es, en un cincuenta y cinco por ciento para don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, y en un cuarenta y cinco por ciento para don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO.- Los únicos y actuales socios de la sociedad, esto es, don CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO y don PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO, ratifican que la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, seguirá siendo ejercida INDISTINTAMENTE por cualquiera de los socios PATRICIO ALEJANDRO PEZO DALMAZO y/o CARLOS ANTONIO PEZO DALMAZO, con todas las facultades indicadas en el pacto social constitutivo.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.Talcahuano, 02 de abril de 2020.