Jorquiera y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2020
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.200 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Titular 9 Notaría San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, San Miguel, certifica: por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2020, ante notario suplente Fernando Sepúlveda Rosas; don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky, Av. Isidora Goyenechea 3250 Piso 4, Las Condes; don Pablo Andrés Jorquiera Stagno, Av. Isidora Goyenechea 3250 Piso 4, Las Condes; doña Constanza Carolina Jorquiera Stagno, Plaza los Espinos 10177 LB, Vitacura; don Rodrigo Eugenio Jorquiera Stagno, Monseñor Escrivá de Balaguer 5879, Vitacura; doña Ana María Jorquiera Stagno, Agustín del Castillo 2411 Casa F, Vitacura; y, doña Camila Jorquiera Stagno, Aurelio González 380 Depto. 11, Vitacura, modificaron sociedad “Jorquiera y Compañía Limitada”, inscrita fojas 20.267 número 10.127 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 1991, acordándose en dicha modificación: 1.1) Don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky vendió a don Pablo Andrés Jorquiera Stagno, 3.33% de los derechos sociales en el precio de $1.665.000.-, pagado al contado. 1.2) Don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky vendió a doña Constanza Carolina Jorquiera Stagno, 20% de los derechos sociales en el precio de $10.000.000.-, pagado al contado. 1.3) Don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky vendió a don Rodrigo Eugenio Jorquiera Stagno, 20% de los derechos sociales en el precio de $10.000.000.-, pagado al contado. 1.4) Don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky vendió a doña Ana María Jorquiera Stagno, 20% de los derechos sociales en el precio de $10.000.000.-, pagado al contado. 1.5) Don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky vendió a doña Camila Jorquiera Stagno, 20% de los derechos sociales en el precio de $10.000.000.-, pagado al contado. 2) Como consecuencia de la cesión, se retira de la sociedad don Carlos Eugenio Jorquiera Malschafsky y se incorporan como socios doña Constanza Carolina Jorquiera Stagno, don Rodrigo Eugenio Jorquiera Stagno, doña Ana María Jorquiera Stagno y doña Camila Jorquiera Stagno. 3) Se modifica razón social y naturaleza jurídica de la Sociedad pasando a denominarse INMOBILIARIA RIBERA SUR DE PANGUIPULLI LIMITADA y se reemplaza artículo primero de los estatutos dando cuenta de dicha modificación. 4) Se modifica y reemplaza la cláusula cuarta relativa al objeto por la siguiente; “Tercero: El objeto de la sociedad será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, leasing u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y enajenación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, así como la asesoría en estas materias. La sociedad tendrá también por objeto efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros; así como efectuar inversiones en otras sociedades y participar como socio en ellas; administrar las inversiones anteriores, percibir sus frutos y reinvertirlos y en general la realización de otras actividades que los socios acuerden en el futuro que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social”. 5) Se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Pablo Andrés Jorquiera Stagno y doña Constanza Carolina Jorquiera Stagno actuando uno cualesquiera de ellos conjuntamente con uno cualesquiera de los señores don Rodrigo Eugenio Jorquiera Stagno, doña Ana María Jorquiera Stagno o doña Camila Jorquiera Stagno. 6) Se modifica y reemplaza el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente; “Quinto: El capital de la sociedad será la suma de $1.200.000 que se aporta en la forma siguiente: Don Pablo Andrés Jorquiera Stagno aporta la suma $240.000 debidamente enterados en dinero efectivo en la caja social; doña Constanza Carolina Jorquiera Stagno aporta la suma $240.000 debidamente enterados en dinero efectivo en la caja social; don Rodrigo Eugenio Jorquiera Stagno aporta la suma $240.000 debidamente enterados en dinero efectivo en la caja social; doña Ana María Jorquiera Stagno aporta la suma $240.000 debidamente enterados en dinero efectivo en la caja social y doña Camila Jorquiera Stagno aporta la suma $240.000 debidamente enterados en dinero efectivo en la caja social. 7) Se modifica el plazo de duración de la sociedad y reemplaza el artículo séptimo de los estatutos, por el siguiente: "Séptimo: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años contados desde la modificación social otorgada por escritura pública de fecha 4 de Febrero de 2020 ante el notario de Santiago don Fernando Sepúlveda Rosas, suplente del titular de la 9 notaría de San Miguel don Jorge Reyes Bessone, plazo que expirará el día 4 de Febrero de 2030. El plazo se renovará tácita, automática y sucesivamente, por periodos de 2 años cada uno, salvo que alguno de los socios decida ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública, con una anticipación mínima de 6 meses contado desde el término del plazo original o de una de sus prórrogas tácitas, la que deberá inscribirse en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social.- En lo no modificado se mantienen vigentes estatutos sociales. Texto de cláusulas reformadas y demás estipulaciones y acuerdos, constan en escritura extractada. Santiago, 27 de Marzo de 2020.