MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIANTES ASOCIADOS LIMITADA

RUT 87722400-7 CVE 1748062
Capital
$420.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 1980

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 1980
Notario
JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA
Domicilio
Arica

Sociedad

Capital
$420.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA, Notario Público Titular Arica, con oficio Baquedano 65, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, doña DOLORES ADRIANA MORALES CEBALLOS, don ROBERTO ENRIQUE MERCADO SEMPERTEGUI, doña MARGARITA GUMERCINDA ROBLEDO SIERRALTA, doña ANA MARÍA HERRERA ÁLVAREZ, doña PATRICIA ROXANA VICTORIANO MALDONADO, doña GLORIA DEL CARMEN ROBLEDO SIERRALTA, y, doña NELIDA MATILDE LORETO LLERENA, todos domicilio Arica, Avenida Diego Portales No. 948, modificaron “COMERCIANTES ASOCIADOS LIMITADA” o “CORAL LTDA.”, RUT. 87.722.400-7, constituida el 29 de diciembre de 1980, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi, se inscribió a Fojas 3 vuelta Número 2 del Registro de Comercio de Arica, del año 1981, publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de enero de 1981. Modificada siguientes fecha: a) el 13 de febrero de 1981, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi; b) el 10 de abril de 1981, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi; c) el 12 de Mayo de 1987, ante el Notario de Arica don Armando Sánchez Risi; d) el 14 de Enero de 1993, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi; e) el 26 de mayo de 1994, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi; f) el 16 de octubre de 1996, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi; y, g) el 05 de noviembre de 1999, ante el Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi. Capital social actual: $420.000.- MODIFICACIONES: Los comparecientes declaran que con fecha 22 de septiembre del 2019 se celebró una Asamblea de Socios de la Sociedad Comerciantes Asociados Limitada, en que se acordó por votación unánime, realizar las siguientes modificaciones a los Estatutos de la Sociedad: Uno) Se aumenta el capital social, de $420.000.-, a la suma de $24.420.000.- en la siguiente forma: a) Cada socio deberá aportar la suma de $1.000.000.-, en dinero efectivo, dentro del plazo perentorio de 20 días corridos contado desde la fecha de este instrumento, el pago deberá efectuarse al Tesorero del Consejo de Administración de la Sociedad, en el domicilio social; y, b) Los socios que no cumplan con realizar el aporte estipulado dentro del plazo fijado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2087 del Código Civil, podrá ser excluido de la sociedad; Dos) Modificar la cláusula Duodécima de los Estatutos en el sentido de agregar la siguiente obligación para todos los socios: Los socios que no paguen el saldo del aporte del capital a que se obligaron cuando ingresaron a la sociedad, dentro del plazo de 20 días corridos, contado desde la fecha de este instrumento, serán excluidos de la sociedad por no pago del íntegro del aporte de capital. La referida acta de la asamblea de socios de fecha 22 de septiembre del 2019, fue reducida a escritura pública con fecha 23 de noviembre del 2019, ante el Notario de Arica Juan Antonio Retamal Concha, anotada en el repertorio No. 3248. Los comparecientes declaran que, en cumplimiento de lo acordado en la Asamblea de Socios de la Sociedad Comerciantes Asociados Limitada de fecha 22 de septiembre del 2019, vienen en modificar la cláusula DUODECIMO de los Estatutos de la Sociedad que se refiere al capital de la sociedad, en el siguiente sentido: UNO) Se AUMENTA EL CAPITAL SOCIAL, de $420.000.- a la suma de $24.420.000, en la siguiente forma: a) Cada socio deberá aportar la suma de $1.000.000.- en dinero efectivo, dentro del plazo perentorio de 20 días corridos contado desde la fecha de este instrumento, el pago deberá efectuarse al Tesorero del Consejo de Administración de la Sociedad, en el domicilio social; y, b) Los socios que no cumplan con realizar el aporte estipulado dentro del plazo fijado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2087 del Código Civil, podrá ser excluido de la sociedad; y, DOS) Se establece como una OBLIGACIÓN SOCIAL que los socios que no paguen el saldo del aporte del capital a que se obligaron cuando ingresaron a la sociedad, dentro del plazo de 20 días corridos, contado desde la fecha de otorgamiento de la presente escritura de modificación social, serán excluidos de la sociedad por no pago del íntegro del aporte de capital. Otras estipulaciones escritura extractada. Arica, 11 de febrero de 2020.