ON STREET S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de marzo de 2020
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 23/03/2020, Repertorio número 5.298/2020, ante mí, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de ON STREET S.A., que aprobó reforma estatutos sociedad, en siguiente sentido: Reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO.- a) La prestación de servicios de oficinas móviles, a nivel nacional y/o extranjero, por cuenta propia y/o de terceros, mediante el arrendamiento, comodato y/o cesión a cualquier título de servicios de oficinas móviles en sus diversas formas, ya sea que se ubiquen en espacios públicos y/o privados. b) La realización de toda clase de actividades relacionadas con el área de la salud humana, así como la implementación de salas de procedimientos médicos, odontológicos, de enfermería, telemedicina, y cualquier otra relacionada con las anteriores. c) La asesoría en materia previsional y sistema de pensiones. e) La información y asesoramiento sobre beneficios del Estado de Chile. f) La evaluación y desarrollo de estrategias de vínculo entre empresas, instituciones y comunidades. g) La inversión, compra, venta, permuta, explotación, adquisición, enajenación, administración, subdivisión, arriendo, subarriendo, y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces. h) la realización de toda clase de inversiones, ya sea mediante la adquisición, enajenación, explotación, arriendo, subarriendo, y administración de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, efectos de comercio, y en general toda clase de títulos o valores mobiliarios. i) la prestación de toda clase de servicios y/o asesorías; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, ya sea por cuenta propia o ajena.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de Marzo de 2020. nrs.-