INVERSIONES MIGC SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2020
- Notario
- FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO
- Domicilio
- Peñaflor
Sociedad
- Capital
- $39.397.600 CLP
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en JUAN PABLO CAVADA HERRERA, quien representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que competa al Gerente o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, cuando lo estime, podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aun para objetos especialmente determinados, en otras personas.”. B.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Del Gerente General. Mientras la Sociedad no proceda conforme lo dispuesto en la cláusula Décimo Séptima, el Gerente General será JUAN PABLO CAVADA HERRERA, con todas las facultades y prerrogativas procedentes, según lo dispuesto en la presente escritura, pero sin necesidad de reducir especialmente a escritura dicha designación, sino solo la futura y eventual revocación de su designación.”. Se confiere mandato y poder a Andrés Edinson Sepúlveda Aguilar, a Juan Pablo Cavada Herrera y al portador, para que cualquiera de ellos pueda, indistintamente, modificar los estatutos de la sociedad, especialmente designar o modificar al representante legal, gerente o administrador, y comparecer en representación de la sociedad, o de Claudia Patricia Mayol Gómez o de Juan Pablo Cavada Herrera, estando investido expresamente con las facultades indicadas en escritura que extracto
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARÍA ISABEL GÓMEZ CÁCERES | socio | 5826070-3 | — | — | |
| JUAN PABLO CAVADA HERRERA | socio | 8123746-8 | — | — | |
| INVERSIONES MIGC SpA | socio | 77077171-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO, Notario Público Titular de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de Marzo de 2020, ante mí, MARÍA ISABEL GÓMEZ CÁCERES, chilena, contadora, Cédula Nacional de Identidad N° 5.826.070-3, viuda, domiciliada en Condominio Santa Maria, Los Pimientos, Parcela 2 Sur, Talagante, y JUAN PABLO CAVADA HERRERA, chileno, casado, abogado, Cedula Nacional de Identidad N° 8.123.746-8, domiciliado en Isidora Goyenechea N° 3.365, Las Condes, suscribieron escritura de Modificación de sociedad por acciones. MARÍA ISABEL GÓMEZ CÁCERES única accionista y dueña del 100% del capital social de $39.397.600, modificó sociedad INVERSIONES MIGC SpA, Rol Único Tributario N° 77.077.171-4, constituida por escritura de fecha 17 de Septiembre de 2019 otorgada en esta misma Notaría, e inscrita a fojas 76.914 N°37.799 del Registro de Comercio de Santiago de 2019. Modificaciones recaen en cláusula DÉCIMO QUINTO y ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de la Sociedad por los siguientes: A.- “DÉCIMO QUINTO: Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en JUAN PABLO CAVADA HERRERA, quien representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que competa al Gerente o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que el administrador haga de un Gerente General, cuando lo estime, podrá delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aun para objetos especialmente determinados, en otras personas.”. B.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Del Gerente General. Mientras la Sociedad no proceda conforme lo dispuesto en la cláusula Décimo Séptima, el Gerente General será JUAN PABLO CAVADA HERRERA, con todas las facultades y prerrogativas procedentes, según lo dispuesto en la presente escritura, pero sin necesidad de reducir especialmente a escritura dicha designación, sino solo la futura y eventual revocación de su designación.”. Se confiere mandato y poder a Andrés Edinson Sepúlveda Aguilar, a Juan Pablo Cavada Herrera y al portador, para que cualquiera de ellos pueda, indistintamente, modificar los estatutos de la sociedad, especialmente designar o modificar al representante legal, gerente o administrador, y comparecer en representación de la sociedad, o de Claudia Patricia Mayol Gómez o de Juan Pablo Cavada Herrera, estando investido expresamente con las facultades indicadas en escritura que extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Peñaflor, 24 de Marzo de 2020.