INMOBILIARIA E INVERSIONES CUMBRES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2020
- Notario
- ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS
- Oficio
- Cuarta Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $150.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, con oficio en Urmeneta 542, que por escritura de fecha 14/02/2020, ante mi: EDUARDO ESTEBAN SCHEUCH LARA, Ingeniero Agrónomo; CAROLINA MARCELA GALLARDO KUSCH, Ingeniero Comercial; y doña GLORIA MARGOT LARA MONTECINOS, labores de Hogar, todos domiciliados en Parcela 65, Condominio Polo Manquehue I, Comuna de Colina, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES CUMBRES LIMITADA ó CUMBRES LTDA.”, constituida por escritura de fecha 31/12/2010, otorgada ante el Notario don Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Titular de la Segunda Notaria de Puerto Varas, inscrita en el Registro de Comercio de San Felipe a fojas 26 vta. N° 28, del año 2011.- Modificación: Se modifica pacto social contenido en la escritura del 31/12/2010 en los términos que se señala.- Doña Gloria Margot Lara Montecinos, vende, cede y transfiere a doña Carolina Marcela Gallardo Kusch, el 100% de sus derechos, equivalente al 1% de participación en el capital social.- Precio: $150.000 que se paga en efectivo.- Don Eduardo Esteban Scheuch Lara, vende, cede y transfiere a Carolina Marcela Gallardo Kusch, el 43,82% de sus derechos, equivalente a 39% de participación en el capital.- Precio: $5.850.000 que se paga en efectivo.- Pasan a constituirse como únicos socios don Eduardo Esteban Scheuch Lara y Carolina Marcela Gallardo Kusch, de la sociedad.- Capital social se mantiene inalterado en la suma de $15.000.000, correspondiendo un 50% del capital social a cada uno de los socios.- En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demas estipulaciones en escritura extractada.- Puerto Montt, 31 de Marzo del 2020.