MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD JUAN CARLOS LATSAGUE HICKMANN Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78792690-8 CVE 1747018
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de noviembre de 1995

Instrumento

Fecha
21 de noviembre de 1995
Notario
EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER
Domicilio
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD COMERCIAL TRASEFOR LIMITADA socio 76340710-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Abogado, Notario Público Los Ángeles, Suplente del titular LUIS EDUARDO SOLAR BACH,, con domicilio en calle Lautaro N°325, oficina 4 y 5 Los Ángeles, certifico; Por escritura pública de fecha 20 de marzo del 2020 ante mí, don HORACIO ALBERTO SÁNCHEZ BARRÍA, C de I. 9.200.814-2, abogado, en representación de la SOCIEDAD COMERCIAL TRASEFOR LIMITADA, RUT 76.340.710-1, ambos con domicilio en Hijuela Lo Veremos lote A, lote uno, sector Duqueco, La Isla, de esta Comuna de Los Ángeles; don SEBASTIAN RICARDO LATSAGUE RIVERA, C. de I. 19.855.267-4, técnico guía turismo aventura, con domicilio en Las Dalias N° 528, Villa Jardines del Claro, Comuna de Pucón; don DIEGO ALEXIS LATSAGUE RIVERA, C. de I. 19.855.268-2, cirujano dentista, con domicilio en Doctor Manuel Ríoseco N° 850, Depto.303 A, Los Ángeles; don RICARDO GUILLERMO LATSAGUE RIVERA, C de I. 18.800.542-K, independiente, con domicilio en Harás La Montaña sitio 69, comuna de Los Ángeles, y don JUAN FELIPE LATSAGUE RIVERA, C. de I. 19.600.166-2, estudiante universitario, con domicilio en Rehue N° 650, Condominio Alto Pemehue, Dpto. 1001, Avellano, San Pedro de la Paz,, modificaron "SOCIEDAD JUAN CARLOS LATSAGUE HICKMANN Y COMPAÑÍA LIMITADA" o "TRASEFOR LTDA", RUT 78..792.690-8 constituida por escritura pública de fecha 21 de Noviembre del año 1995 ante Notario Público de Los Ángeles, don Walter Flores Pinto, suplente del titular don Juan Azolas Díaz, con un capital inicial de . $9.000.000, inscrita a fs. 395, nro. 258, Registro de Comercio año 1995, a cargo del CBR de Los Ángeles, modificada por escritura pública de fecha 08 de Enero del año 2007, celebrada ante notario público de Los Ángeles, doña María Antonieta Carrillo Flores, e inscrita a fs. 33 nro. 17 del Registro de Comercio del año 2007 a cargo del mismo Conservador, y por último, modificada por escritura pública de fecha 10 de Diciembre del año 2019, celebrada ante la Notario Público de Los Ángeles doña María Antonieta Carrillo Flores, e inscrita a fs.853 nro.497 en el Registro de Comercio del año 2019 a cargo del CBR de Los Ángeles. Como consecuencia del fallecimiento del socio Juan Carlos Latsague Hickmann, ingresaron a la sociedad, sus herederos, sus hijos SEBASTIAN RICARDO LATSAGUE RIVERA, don DIEGO ALEXIS LATSAGUE RIVERA, don RICARDO GUILLERMO LATSAGUE RIVERA y don JUAN FELIPE LATSAGUE RIVERA. cuya posesión efectiva fue concedida por Resolución Exenta N° 1505 del 27-1-2020 de la Dirección Regional Región del BioBio, del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas con el N° 7.588 del año 2020, de lo cual se tomó nota al margen de la inscripción de la constitución de la sociedad. MODIFICACIONES AL PACTO SOCIAL; UNO).- Se modifica la cláusula quinta. del pacto social constitutivo y sus modificaciones, relativo a la administración y uso de la razón social, en cuanto ésta corresponderá en lo sucesivo al socio don DIEGO ALEXIS LATSAGUE RIVERA, con amplias facultades, indicadas en escritura extractada, y con las limitaciones que en la misma se señalan.. DOS).- Se modifica la cláusula decima del pacto social, “De la Sucesión”, por el siguiente; En caso de fallecimiento de alguno de los socios y/o disolución de la sociedad socia, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socios fallecido, y/o los comuneros quedados a la disolución. Si el fallecido es el socio administrador, la administración, quedará radicada en los socios personas naturales que le sobrevivan, quienes deberán necesariamente dos de ellos actuar en forma conjunta”. En todo lo no expresamente modificado siguen vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- LOS ANGELES, a 20 de Marzo del 2020.