Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2020
- Repertorio
- 1055/2020
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, de predios rústicos que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría y la invernada; b) La compra, venta, importación, exportación y comercialización al por mayor y menor de todo tipo de frutas, verduras y productos agrícolas, ganaderos o forestales, en general; c) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena; d) La producción, limpieza, clasificación y envasado de fruta y otros productos vegetales de todo tipo; los servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, otros negocios, que estén directa o indirectamente con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos; e) La adquisición, compra, venta, importación, exportación, permuta, arriendo, comisión, consignación, comercialización, distribución, representación y elaboración de toda clase de bienes, maquinaria, productos manufacturados, insumos y mercadería en general, sean de procedencia nacional extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle; f) El establecimiento y explotación de bodegas y depósitos, packing, frigoríficos, plantas procesadoras, conservadoras y de embalaje y la prestación de servicios de almacenamiento y bodegaje de todo tipo de mercaderías en instalaciones propias o de terceros; g) Realizar gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; h) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 27 de Marzo de 2020, Repertorio Nº1055/2020, la señora MINGJIE ZHAO, ciudadana de la República Popular China, empresaria, casada, cédula nacional de identidad para extranjeros número veintisiete millones doscientos veintisiete mil quinientos noventa y cinco guión cinco; y la señorita LINGMEI ZHAO, ciudadana de la República Popular China, empresaria, soltera, Pasaporte Número E cero ocho cuatro siete uno tres tres dos, ambas domiciliadas para estos efectos en Pedro Lira número mil doce, Villa Rucatremo, ciudad de Curicó, Región del Maule, las comparecientes mayores de edad, constituyeron una Sociedad por Acciones. RAZÓN SOCIAL: “J&M FRUTAS SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos, municipalidades y el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía “J&M FRUTAS”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, de predios rústicos que la sociedad posea o detente, a cualquier título; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría y la invernada; b) La compra, venta, importación, exportación y comercialización al por mayor y menor de todo tipo de frutas, verduras y productos agrícolas, ganaderos o forestales, en general; c) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena; d) La producción, limpieza, clasificación y envasado de fruta y otros productos vegetales de todo tipo; los servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, otros negocios, que estén directa o indirectamente con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos; e) La adquisición, compra, venta, importación, exportación, permuta, arriendo, comisión, consignación, comercialización, distribución, representación y elaboración de toda clase de bienes, maquinaria, productos manufacturados, insumos y mercadería en general, sean de procedencia nacional extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle; f) El establecimiento y explotación de bodegas y depósitos, packing, frigoríficos, plantas procesadoras, conservadoras y de embalaje y la prestación de servicios de almacenamiento y bodegaje de todo tipo de mercaderías en instalaciones propias o de terceros; g) Realizar gestiones aduaneras, bancarias, de embarque, transporte y corretaje de todo tipo; h) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; i) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga por las accionistas fundadoras señoras MINGJIE ZHAO y LINGMEI ZHAO, al valor inicial de un peso cada acción, según las reglas siguientes: a) El capital se suscribe íntegramente en este acto por las accionistas fundadoras comparecientes en este instrumento, tomando novecientas mil acciones doña MINGJIE ZHAO y cien mil doña LINGMEI ZHAO; b) El capital se pagará a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de cinco años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 30 Marzo 2020.-