MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CAMINO DEL INCA LIMITADA

RUT 76199202-3 CVE 1746894
Capital
$2.415.802 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.415.802 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, domiciliado en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica, que por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2020, ante mí, JORGE FELIPE ERGAS HEYMANN, VIOLETA SPA y EVER II HNS S.A., todos los anteriores domiciliados en calle Alonso de Córdova número 2.860, piso 6, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y BRICK SpA, domiciliada en Av. Vitacura número 6.844, piso 7, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, como únicos socios de INVERSIONES CAMINO DEL INCA LIMITADA, acordaron modificar la Sociedad en el siguiente sentido: 1) Disminuir el capital de la Sociedad, de $2.415.802.522 en la suma de $2.415.792.522. Como consecuencia, el capital de la Sociedad será de $10.000. 2) La disminución de capital es suscrita y pagada a todos los socios, en proporción a la participación que cada uno tiene en el capital de la Sociedad. 3) Se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad, es la suma de $10.000 íntegramente suscrito y pagado por los socios en la forma que se indica a continuación: A) BRICK SpA, aportó $5.000, equivalente al 50% de los derechos sociales; B) EVER II HNS S.A. aportó $989, equivalente al 9,89% de los derechos sociales; C) VIOLETA SpA aportó $2.002, equivalente al 20,02% de los derechos sociales; y D) JORGE FELIPE ERGAS HEYMANN aportó $2.009, equivalente al 20,09% de los derechos sociales.”. Sociedad inscrita a fojas 10.943, número 7.677 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012. Demás estipulaciones y declaraciones constan en escritura extractada.- Santiago, 19 de marzo de 2020.