MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola y Ganadera San Francisco Limitada

RUT 76271194-K CVE 1746417
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2020
Notaría
Paillaco

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2020
Comuna
Paillaco

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Conrad Zülch Parra, Titular Notaría Paillaco, C. Henríquez Nº 220, oficina 7 y 8, certifico: Por escritura otorgada ante mí, con fecha 6 de febrero de 2020, los herederos, y continuadores legales de la socia fallecida Manzura Jaduri Razazi: Don Francisco Elias Tuchie Jaduri; Doña Rosa Ester Tuchie Jaduri; Doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri; Doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri; Doña María Verónica Tuchie Jaduri; todos para estos efectos domiciliados en calle Diego Portales número ochocientos dieciséis, comuna de Paillaco, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, modificaron Sociedad Responsabilidad Limitada denominada “Sociedad Agrícola y Ganadera San Francisco Limitada”, nombre fantasía “Agrícola y Ganadera San Francisco Ltda.”, constituida por escritura pública de 22 de Febrero 2013 otorgada en Notaría NAZAEL HERNAN RIQUELME, Valdivia, extracto inscrito a fojas 25 vta., Nº 11, de Registro de Comercio de Paillaco de 2013, y publicado en Diario Oficial de edición Nº 40.515, de 21 de Marzo del 2013. Modificación consiste: Que con fecha 17 Julio de 2013 falleció intestada la socia Manzura Jaduri Razazi, siendo otorgada la Posesión Efectiva de sus bienes a sus hijos don Francisco Elias Tuchie Jaduri, doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri, doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri y doña Maria Veronica Tuchie Jaduri. Todo según consta de Inscripción de Posesión Efectiva Nº 48.340, concedida por Resolución Exenta Nº 2.224, de 11 de Octubre de 2013, por el Director Regional Región de Los Ríos, del Servicio de Registro Civil e Identificación, publicada el 15 de Octubre de 2013. Que en cláusula decimo primero de los estatutos sociales primitivos modificados, se contempla opción de que en caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administrador, ni podrá usar de la razón social. Así las cosas, por presente acto e instrumento los comparecientes Francisco Elias Tuchie Jaduri, doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri, doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri y doña Maria Veronica Tuchie Jaduri, vienen en manifestar voluntad de continuar con la sociedad en su calidad de herederos de la socia fallecida doña Manzura Jaduri Razazi, pasando a ser socios de la misma, en la proporciones que la ley les asigna a cada uno, del 28,55% de los derechos de la sociedad y que le correspondían a la socia fallecida. Además designan como procurador común a doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, para actuar ante la sociedad, quien “no tendrá facultades de administrador, ni podrá usar de la razón social”. Del modo relacionado, quedan como únicos socios de la sociedad Francisco Elias Tuchie Jaduri, doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri, doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri y doña Maria Veronica Tuchie Jaduri quienes introducen a la sociedad las siguientes modificaciones: a) Modifican clausula primera de la escritura social primitiva o de constitución de fecha 22 de Febrero de 2013, quedando como ya se dijo como únicos socios Francisco Elias Tuchie Jaduri, doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri, doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri y doña Maria Veronica Tuchie Jaduri. b) Modifican la cláusula quinta de la escritura social primitiva o de constitución de fecha 22 de Febrero de 2013, en el sentido de que el capital social que asciende a la suma de $7.000.000, deberá entenderse aportado en partes iguales entre los socios Francisco Elias Tuchie Jaduri, doña Rosa Ester Tuchie Jaduri, doña Isabel Del Carmen Tuchie Jaduri, doña Marta Amina Teresa Tuchie Jaduri y doña Maria Veronica Tuchie Jaduri. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de la escritura social primitiva o de constitución de fecha 22 de Febrero de 2013. Paillaco, 6 de febrero 2020.