Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2020
- Repertorio
- 6514-2020
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a.-) Adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; y, b-) la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares, centros de eventos y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular 36 Notaría Santiago, La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2020, repertorio n° 6514-2020, otorgada ante mí, don MIGUEL ALEJANDRO RODRÍGUEZ TAPIA, C.I. Nº 16.176.663-1, con domicilio en Circunvalación Máximo Valdés Nº 4600, parcela 16, casa B, comuna de Pirque, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones. Nombre de la sociedad: “INVERSIONES GONESK SpA.” Nombre del accionista: MIGUEL ALEJANDRO RODRÍGUEZ TAPIA. Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: a.-) Adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; y, b-) la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares, centros de eventos y ramos similares, en establecimientos propios o ajenos; todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que los socios acuerden. Capital: $15.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas por Miguel Alejandro Rodríguez Tapia, al contado y en dinero efectivo, ingresado a caja social. Administrador: Queda nombrado como administrador de la Sociedad, don MIGUEL ALEJANDRO RODRÍGUEZ TAPIA, ya individualizado, quien estará investido de todos los poderes y facultades que les confiere el Estatuto, en especial su artículo Séptimo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de marzo de 2020.