MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Hair Cris Peluquería SpA

RUT 76543493-9 CVE 1746453
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
16 de marzo de 2020

Instrumento

Fecha
16 de marzo de 2020
Repertorio
260
Notario
LUIS HUMBERTO SALAMANCA ESTRADA
Domicilio
titular señora MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

- El Objeto o Giro de la Sociedad será Servicios de Peluquería, Cosmetología, Consultoría de Estética; Academia de estudio de peluquería y cosmetología; Comercialización de productos para el cabello, de cosmetología, de estética, de belleza; Compra y venta de productos cosméticos; Comercialización, inversión, compra, venta, importación, arriendo y subarriendo de bienes muebles e inmuebles; la comercialización de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o de terceros; Compra y venta de acciones, la inversión en el mercado de capitales y en empresas productivas de servicios; Asociación con otras personas jurídicas o naturales del mismo giro o relacionadas con éste; La celebración de contratos de Franquicias o Cesión comercial.- En general, podrá realizar y ejecutar todo acto, contrato y convención que tenga por objeto el cumplimiento o ejercicio del giro de la Empresa Social y que sean actividades conexas al mismo no calificadas en otra parte.-”TERCERO:

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Hair Cris Peluquería SpA socio 76543493-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS HUMBERTO SALAMANCA ESTRADA, Notario Público Suplente de la titular señora MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ, Comuna Concepción, Octava Región, O´Higgins 599, certifico: Por escritura pública, 16 Marzo 2020, Repertorio N°260, ante mí, señores CRISTIAN ALFREDO SALGADO ARAVENA, chileno, Estilista Profesional, factor de comercio, C.I.:16.764.735-9; MARÍA JOSÉ DURÁN MANCILLA, chilena, Tecnóloga Médica, C.I.:17.013.985-2, ambos casados bajo el régimen de Separación de Bienes y domiciliados en calle Tucapel Nº452, departamento Nº517, Concepción; y JUAN MAURICIO COLOMA ARAVENA, chileno, ingeniero comercial, C.I.:16.009.708-6, casado, con domicilio en Chacabuco 1072, departamento 203, Concepción; los comparecientes mayores de edad y quienes han acreditado sus identidades con sus respectivas cédulas y exponen: PRIMERO: Que con fecha 28 Abril 2016, los comparecientes CRISTIAN ALFREDO SALGADO ARAVENA y MARÍA JOSÉ DURÁN MANCILLA, constituyeron por escritura pública, otorgada en esta misma Notaría, la sociedad por acciones Hair Cris Peluquería SpA, RUT:76.543.493-9, anotada al repertorio Nº603, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 02 Mayo 2016 con el Nº 41.447 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción el 03 Mayo 2016, a fojas 872 vuelta, Nº751.- SEGUNDO: Modifíquese en el Título Primero, su artículo tercero, por el que a continuación se indica: “Objeto Social.- El Objeto o Giro de la Sociedad será Servicios de Peluquería, Cosmetología, Consultoría de Estética; Academia de estudio de peluquería y cosmetología; Comercialización de productos para el cabello, de cosmetología, de estética, de belleza; Compra y venta de productos cosméticos; Comercialización, inversión, compra, venta, importación, arriendo y subarriendo de bienes muebles e inmuebles; la comercialización de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o de terceros; Compra y venta de acciones, la inversión en el mercado de capitales y en empresas productivas de servicios; Asociación con otras personas jurídicas o naturales del mismo giro o relacionadas con éste; La celebración de contratos de Franquicias o Cesión comercial.- En general, podrá realizar y ejecutar todo acto, contrato y convención que tenga por objeto el cumplimiento o ejercicio del giro de la Empresa Social y que sean actividades conexas al mismo no calificadas en otra parte.-”TERCERO: Capital: La socia MARÍA JOSÉ DURÁN MANCILLA, en este mismo acto, viene en suscribir y pagar la suma de $500.000.- en dinero efectivo, equivalente a 500 acciones que restaban por enterar, por lo que el capital social pasa a ser la suma de $5.000.000.- CUARTO: En virtud del contrato de compraventa de acciones de fecha 18 Diciembre 2019, el socio constituyente y vendedor CRISTIAN ALFREDO SALGADO ARAVENA queda como propietario de 3.000 acciones, y don JUAN MAURICIO COLOMA ARAVENA como comprador queda como propietario de 1.000 acciones; De esta forma, en el título Segundo, artículo Quinto, incorpórese después del punto final existente en la letra “B”, lo siguiente: “C: El accionista JUAN MAURICIO COLOMA ARAVENA suscribe la cantidad de Mil acciones”. QUINTO: Elimínese en el Título Tercero, artículo décimo catorce, el numeral dieciséis, y reemplácese por el siguiente: “16) Contratar avances, préstamos con letras, préstamos con pagarés, mutuos, operaciones de crédito en dinero y en general contraer obligaciones crediticias por la Sociedad sea con personas naturales, jurídicas de derecho privado o asociaciones, públicas o mixtas o pertenecientes al Estado, como asimismo con bancos e instituciones financieras”. En todo lo no modificado por la presente escritura, rige completa e íntegramente la escritura de constitución del 28 Abril 2016.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 20 de Marzo de 2020.-