MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Constructora Fajardo Limitada

RUT 77051670-6 CVE 1746452
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 1997
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de junio de 1997
Notario
IVAN TAMARGO BARROS
Oficio
51°. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CONSTRUCTORA FAJARDO LIMITADA socio 77051670-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TAMARGO BARROS, Abogado, Notario Público, Titular de la 51°. Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Nueva Providencia N° 2635, Comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí señores LUIS ALBERTO FAJARDO RUBIO, Av. Providencia N°2653, of. N° 1307, Providencia; TOMAS ALBERTO FAJARDO CABELLO, Pasaje El Alicanto N°596 Lt C, La Reina; MIGUEL ANGEL FAJARDO CABELLO, Pasaje El Alicanto N°596 Lt C, La Reina, modificaron sociedad de responsabilidad limitada CONSTRUCTORA FAJARDO LIMITADA, RUT N°: 77.051.670-6, constituida escritura pública de 16 de Junio de 1997, otorgada ante Notario de Santiago, Aliro Veloso Muñoz, extracto inscrito a fojas 15.736 N°12.553 Registro Comercio CBR Santiago, año 1997. D.O. N°35.817 de 16.Julio.1997. Modificaciones consisten: 1) Luis Alberto Fajardo Rubio, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos que posee en la sociedad a Tomas Alberto Fajardo Cabello y a don Miguel Ángel Fajardo Espinoza, quienes compran, adquieren para sí, en una proporción de 49% y 1% respectivamente de los derechos que el primero posee en la sociedad, ascendente al 50% capital social. Precio cesión: $1.000.000.- pagado. Se sustituye cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad, es de dos millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: don Tomás Alberto Fajardo Cabello la cantidad de un millón novecientos ochenta mil pesos, en dinero efectivo, ingresados a la caja social, por lo que le corresponde un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y don Miguel Ángel Fajardo Espinoza la cantidad de veinte mil pesos, en dinero efectivo, ingresados a la caja social, por lo que le corresponde un uno por ciento de los derechos sociales. La sociedad, declara recibido los antedichos aportes y otorga a los socios la cancelación respectiva”. 2) modifica cláusula cuarta del pacto social en el sentido que “la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Tomás Alberto Fajardo Cabello y a don Miguel Ángel Fajardo Cabello, con todas y cada una de las facultades contenidas en la cláusula cuarta del pacto social, las cuales pueden delegarse en forma total o parcial, las cuales se dan por expresa e íntegramente reproducidas una a una, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, de forma indistinta, en la administración, representación y uso de la razón social”. En lo no modificado, quedan vigentes disposiciones pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de Marzo de 2020.-