MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

RED APOYO S.A.

RUT 76948390-K CVE 1746217
Fecha instrumento
25 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2020
Notario
Alvaro González Salinas
Oficio
42 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

En consecuencia se sustituye el artículo cuarto de los Estatutos por el siguiente: "Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alvaro González Salinas, abogado, Notario Público, Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1.070, segundo piso, Santiago Centro, certifico: con fecha 26 de febrero de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de RED APOYO S.A., celebrada con fecha 25 de febrero de 2020, en la cual se acordó modificar el objeto social. En consecuencia se sustituye el artículo cuarto de los Estatutos por el siguiente: "Artículo Cuarto: La sociedad tendrá por objeto: A) La operación como central de compras, comisionista e intermediador de toda clase de bienes y servicios; B) La compra y venta de todo tipo de mercadería; C) La distribución y logística de productos de consumo masivo y de equipamiento; D) El otorgamiento de créditos y servicios de asesoramiento financiero; E) La intermediación de servicios financieros, seguros y otros relacionados; F) El arriendo y subarriendo de equipos para negocios: G) La producción de eventos; H) La prestación de todo tipo de asesorías; I) La capacitación en el ámbito de los recursos humanos: J) La representación de marcas; y, K) La realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; L) la autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de provisiones de fondo (prepago), crédito y/o débito, tarjetas de alimentación, cupones o tickets, otros similares y cualquier medio que se desarrolle en el futuro, en adelante denominados en conjunto e indistintamente “los medios de pago”; M) las gestiones de afiliación de entidades al sistema, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de los medios de pago, N) la provisión de terminales de punto de venta o de canales o aplicaciones de carácter electrónico o informático que permitan la autorización, captura, agregación y comunicación de operaciones de pago, para que posteriormente sean procesadas por un operador de medios de pago para fines de su liquidación y/o pago; Ñ) Otras actividades relacionadas con la operación de medios de pago, incluyendo la liquidación y/o pago de las sumas que correspondan a las entidades afiliadas conforme a la normativa vigente; y O) En general todo tipo de operaciones de recaudación, pago o transferencia de dinero a nombre de terceros.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Marzo de 2020. Alvaro González Salinas. Notario Público.