Metalimec Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2019
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES
- Oficio
- 50° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, Notario Público Titular 50° Notaria de Santiago, oficio Teatinos 371, oficina 113, Santiago, certifica: por escritura pública de 16/12/2019, ante Notario Suplente de este oficio Zarella Camerotto Moraga, MIGUEL ÁNGEL MESSUTTO ROJAS, chileno, soltero, técnico en mecánica industrial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos setenta y dos mil ochocientos setenta y dos guión seis, con domicilio en calle Juan González número quinientos noventa, comuna de Buin, y don ALVARO IGNACIO ALVARADO TORRES, domiciliado en Cauquenes 60 Departamento 2208, Ñuñoa, Santiago, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, cédula nacional de identidad N° 18.980.648-5, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “"Metalimec Limitada", el nombre de fantasía "Metalimec ltda.", con el objeto que en dicho pacto social se indica, la que fue constituida con fecha nueve de junio de dos mil quince, e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas cuarenta mil seiscientos treinta y cinco, número veinticuatro mil cuatro, del año dos mil quince. La antedicha constitución fue publicada en el Diario Oficial número novecientos doce mil cuatrocientos veinticinco, de fecha ocho de junio de dos mil quince, la que se modificó con fecha 20 de marzo de 2019, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 24603, número 12411, del año 2019, las modificaciones consisten: socio Álvaro Ignacio Alvarado Torres, se retira de la sociedad, quien como socio titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos que ascienden al cincuenta por ciento del capital social a don Miguel Ángel Messutto Rojas, quien compra y acepta para sí, en la proporción y condiciones estipuladas en este contrato los mencionados derechos sociales. El precio de la presente cesión de derechos sociales asciende a la suma única y total de cinco millones de pesos, los que son pagados en este acto, declarando el socio que se retira que los recibe a su entera satisfacción. En mérito de las cesiones que dan cuenta la presente modificación, la sociedad queda integrada únicamente por don Miguel Ángel Messutto Rojas, como titular del cien por ciento de los derechos de esta sociedad, quien declara que para seguir actuando jurídicamente y a fin de no contravenir normas de las sociedades de responsabilidad limitada declara se convierte en sociedad por acciones, SpA, que se rige por lo dispuesto en artículos 424 y siguientes Código Comercio, y demás de sociedades anónimas cerradas y los estatutos que siguen: el socio declara que viene en modificar la razón social quedando como se señala a continuación: “Metalimec SpA”, pudiendo usar para fines bancarios, publicitarios y comerciales el nombre de fantasía "Metalimec SpA.” El objeto o giro social será el desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías de ingenierías metalmecánicas automotriz e industrial, fabricación diseño y manufactura de toda clase de artículos y productos relacionados con el rubro metalmecánicas automotriz e industrial, servicio de transporte terrestre por cuenta propia o ajena de productos automotrices, metalmecánicos y demás productos y servicios relacionados con el rubro, la utilización uso administración de licencias permitidas directa o indirectamente relacionados con el rubro, importar, exportar, comprar vender distribuir toda clase de equipos de ingeniería, materiales de construcción repuestos automotrices y de maquinaria del rubro y en general cualquier actividad que los socios acuerden para el cumplimiento del objeto social o de negocios afines, por cuenta propia o ajena. Domicilio la ciudad de Santiago. Sociedad de duración indefinida. Capital: 10 millones de pesos, dividido en 10 mil acciones ordinarias y nominativas, que pueden pagarse en dinero o aportes de otros bienes, sin valor nominal. Administración será ejercida por gerente general, con amplias facultades indicadas en el estatuto social, quien puede designar uno o más gerentes sectoriales, fijar atribuciones y deberes y sustituirlos a su arbitrio. Utilidades sociales en todo o parte a reservas de capitalizaciones, pago de dividendos de ejercicios futuros. Disolución y por causales legales, liquidación por juez árbitro, elegido por el 75 % de las acciones suscritas, también se podrá liquidar por acuerdo unánime de accionistas. Normas transitorias: Domicilio y comunicaciones, ciudad de Santiago, las comunicaciones a los correos electrónicos que cada accionista deberá registrar para estos efectos. Capital suscrito es de 10 millones de pesos, dividido en 10 mil acciones, suscritas y pagadas en su totalidad por Miguel Ángel Messutto Rojas, que ingresan a capital social. Se designa gerente general a Miguel Ángel Messutto Rojas, con las atribuciones establecidas en pacto social. En lo no modificado el actual socio expresa que las cláusulas de la escritura primitiva rigen íntegramente, con excepción de la modificación efectuada por la presente escritura. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 26/03/2020.