INMOBILIARIA Y TURISMO ALTOS DE CULIPRAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2008
- Notario
- RENÉ ALEJANDRO MARTÍNEZ LOAIZA
- Domicilio
- Conservador de Comercio de Melipilla
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENÉ ALEJANDRO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público, Conservador de Comercio de Melipilla, con oficio en Serrano trescientos setenta y cuatro, Melipilla, certifico que por escritura pública fecha hoy ante mí, doña BERTA ALICIA CARAMORI CAVIERES, domiciliada en calle Hidalgo número cuatrocientos sesenta y cinco, comuna y Provincia de Melipilla, y don MOISES AMERICO JOFRE MUÑOZ, domiciliado en Avenida Serrano número veinte, comuna y Provincia de Melipilla; y doña GABRIELA ARACELLI JOFRE CARAMORI, domiciliada en calle Hidalgo número cuatrocientos sesenta y cinco, comuna y Provincia de Melipilla, Modifican sociedad “INMOBILIARIA Y TURISMO ALTOS DE CULIPRAN LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 19/12/2008, otorgada ante don JAIME CONTRERAS MIRANDA, Notario Público Titular de Melipilla, cuyo extracto se inscribió a fojas veintinueve vuelta, número veintitrés, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla correspondiente al año dos mil nueve. MODIFICACIÓN.- doña BERTA ALICIA CARAMORI CAVIERES, dueña del cincuenta por ciento de la sociedad, vende, cede y transfiere a doña GABRIELA ARACELLI JOFRE CARAMORI, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos que a la cedente le corresponden en la presente sociedad, el precio total de la cesión es la suma de $2.000.000 que fueron pagados al contado y en dinero en efectivo, declarando la cedente haber recibido a su más total y entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos: 1) don MOISES AMERICO JOFRE MUÑOZ y doña GABRIELA ARACELLI JOFRE CARAMORI, con un cincuenta por ciento de la participación social de cada uno. 2) La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente al socio MOISES AMERICO JOFRE MUÑOZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, contará con todas las facultades señaladas en la escritura social que por este acto se modifica, las que se dan por íntegramente reproducidas. 3) Las pérdidas y utilidades que se generen se repartirán entre los socios en iguales partes.- Demás facultades y otras estipulaciones se encuentran en escritura extractada.- Melipilla,16/03/2020.