MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LOS PRUNOS LIMITADA

RUT 76014703-6 CVE 1745205
Capital
$44.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2020
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2020
Repertorio
1391/2020
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$44.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 12 de Marzo de 2020, ante mí, Repertorio N° 1391/2020, MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO, ambos domiciliados en Los Alpes 960, Depto. B-1102 , Las Condes, MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, domiciliada en Las Orquídeas 1181, Depto. 307, Providencia, Y CAROLINA ANDREA MACHUCA PINTO, domiciliada en Bello Horizonte 955, Depto. 73, Las Condes, sanearon y modificaron la sociedad INVERSIONES LOS PRUNOS LIMITADA, Rut Nº 76.014.703-6, en lo siguiente: 1) Por escritura pública de fecha 22 de Febrero de 2008 otorgada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Titular de la Séptima Notaría de Santiago, domiciliada en Huérfanos mil ciento sesenta, entrepiso, Santiago, don MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, doña MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO y doña MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, constituyeron la sociedad INVERSIONES LOS PRUNOS LIMITADA, inscrita a fojas 41 vuelta Nº 33 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto del año 2008. 2) Por escritura pública de fecha 12 de Marzo de 2020, otorgada ante mí, Repertorio 1391/2020, don MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, doña MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO y doña MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, sanearon de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.499, los estatutos de la sociedad por haberse cometido un error en la cláusula tercera referente al capital, reemplazando la cláusula tercera por la siguiente: “TERCERO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de sesenta y tres millones doscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta pesos, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: UNO) Don MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, la cantidad de treinta y cuatro millones seiscientos diez mil novecientos setenta y seis pesos, equivalentes al cincuenta y cuatro coma siete por ciento del capital social, que paga aportando en dominio el cien por ciento del activo, pasivo y patrimonio que tiene en su giro de inversionista; DOS) Doña MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO, la cantidad de diez millones ciento ochenta y siete mil ciento cuarenta y tres pesos, equivalentes al dieciséis coma uno por ciento del capital social, que paga aportando en dominio el cien por ciento del activo, pasivo y patrimonio que tiene en su giro de inversionista; TRES) Doña MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, la cantidad de dieciocho millones cuatrocientos setenta y seis mil sesenta y uno pesos, equivalentes al veintinueve coma dos por ciento del capital social, que paga aportando en dominio el cien por ciento del activo, pasivo y patrimonio que tiene en su giro de inversionista”. 3) MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, cede a CAROLINA ANDREA MACHUCA PINTO, 9,2% de los derechos sociales que le corresponden, en la suma de $44.000.000. 4) Quedan como únicos socios MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, con 54,7% de los derechos sociales, MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO, con 16,1% de los derechos sociales, MARCELA PAZ MACHUCA PINTO, con 20% de los derechos sociales, y CAROLINA ANDREA MACHUCA PINTO, con 9,2% de los derechos sociales, quienes acuerdan modificar cláusula tercera del estatuto social por la siguiente: “TERCERO.- El capital de la sociedad es la suma de sesenta y tres millones doscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) Don MANUEL SEGUNDO MACHUCA ABURTO, aporta treinta y cuatro millones seiscientos diez mil novecientos setenta y seis pesos, equivalente al cincuenta y cuatro coma siete por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, b) doña MARIA LEONOR PINTO ACEITUNO, aporta diez millones ciento ochenta y siete mil ciento cuarenta y tres pesos, equivalente al dieciséis coma uno por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, doña MARCELA PAZ PACHUCA PINTO, aporta doce millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y seis pesos, equivalente al veinte por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, y doña CAROLINA ANDREA MACHUCA PINTO, aporta cinco millones ochocientos veintiún mil doscientos veinticinco pesos, equivalente al nueve coma dos por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social”. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social anterior, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Santiago, 12 de Marzo de 2020. Rh.