MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ELGUETA Y GALAZ LIMITADA

RUT 76837523-2 CVE 1745492
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2020
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2020
Repertorio
885/2020
Notario
DANIEL V. MONDACA PEDRERO
Oficio
Quinta Notaria de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la elaboración, compra y venta, distribución, facción por terceros, de toda clase de alimentos, tarros, frascos, paquetes u otros envases individuales, de toda clase de alimentos, productos, especias, u otros de similar naturaleza, incluyendo conservas, toda la gama de panadería, pastelería, postres y dulces, sándwiches, toda suerte de masas, dulces o saladas; alimentos fríos o calientes, jugos de frutas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, té, café, chocolate; en locales propios o ajenos; el diseño, construcción, instalación, administración, explotación, tomar y dar en arrendamiento u otra figura no translaticia de dominio, de establecimientos de restaurante, bar, café, casino de comidas y bebidas y centro de eventos, o cualquier otra clase de establecimientos públicos o privados donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas o analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, sea por cuenta propia o de terceros; y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro o la que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Rancagua, certifica: Que por escritura pública de fecha 13/03/2020, Repertorio Nº885/2020, ante mí; doña SUSANA ALEJANDRA ELGUETA CORNEJO, chilena, casada y separada de bienes, ejecutiva seguros generales, C.I. N°7.558.782-1, domiciliada en Oro Negro N°3123, Villa Don Alberto, comuna de Rancagua; y doña JOSEFINA DEL CARMEN GALAZ CATALAN, chilena, casada y separada de bienes, profesora, C.I. N°10.436.915-4, domiciliada en Coracero 50, departamento 74, Condominio Mare Nostrum, comuna de Viña del Mar, modifican sociedad de responsabilidad limitada ELGUETA Y GALAZ LIMITADA, conocida también “E&G Ltda.”, Rut 76.837.523-2, inscrita a fojas 100 número 83 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Rancagua del año 2018, modificada a fojas 266 número 206 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Comercio de Rancagua. Capital $1.000.000.- Cesión De Derechos Sociales. La socia Susana Alejandra Elgueta Cornejo, vende cede y transfiere a la socia Josefina del Carmen Galaz Catalán, quien acepta, compra y adquiere para sí el total de sus derechos sociales en la sociedad Elgueta y Galaz Limitada en la suma de $3.000.000.- pagado en el acto, al contado y en dinero efectivo. Transformación. Josefina del Carmen Galaz Catalán, en su condición de única y actual socia de la sociedad ELGUETA Y GALAZ LIMITADA, acuerda transformar la naturaleza jurídica de la sociedad, de “responsabilidad limitada” a “sociedad por acciones”, cuyos estatutos a continuación extracto: Nombre: ELGUETA Y GALAZ SpA., pudiendo para todos los efectos legales, utilizar el nombre de fantasía de “CAFETERÍA Y TETERÍA HYGGE”. Domicilio: Comuna de Rancagua, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la elaboración, compra y venta, distribución, facción por terceros, de toda clase de alimentos, tarros, frascos, paquetes u otros envases individuales, de toda clase de alimentos, productos, especias, u otros de similar naturaleza, incluyendo conservas, toda la gama de panadería, pastelería, postres y dulces, sándwiches, toda suerte de masas, dulces o saladas; alimentos fríos o calientes, jugos de frutas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, té, café, chocolate; en locales propios o ajenos; el diseño, construcción, instalación, administración, explotación, tomar y dar en arrendamiento u otra figura no translaticia de dominio, de establecimientos de restaurante, bar, café, casino de comidas y bebidas y centro de eventos, o cualquier otra clase de establecimientos públicos o privados donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas o analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, sea por cuenta propia o de terceros; y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro o la que los socios acuerden. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1000 acciones sin valor nominal. La compareciente, socia y accionista de la sociedad transformada, suscribe y paga el total de las acciones por un valor total de $1.000.000.- Administración de la sociedad: en calidad de administradores de la misma, la tendrán y ejercerán doña Josefina del Carmen Galaz Catalán, C.I. N°10.436.915-4; y don Claudio Daniel Romero Arancibia, C.I. N°15.085,156-4, quienes asumen dicho cargo en calidad de permanente y que se encuentran premunidos de todas las facultades indicadas en el artículo décimo tercero de éste estatuto social, quienes podrán actuar separada e indistintamente. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Rancagua, 13 de marzo de 2020.