Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2020
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- Vigésimo Séptima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Damaria Jara Ramos, actuando individualmente, con todas las facultades señaladas en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, abogada, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, certifico que por de escritura de fecha 16 de marzo de 2020, ante mi, doña Damaria Jara Ramos, C.I. 10.696.604-4, domiciliada en Los Leones número doscientos veinte, oficina doscientos dos, comuna de Providencia y don Miguel Arturo Tadeo Araya Vergara, C.I.12.695.824-2, domiciliado en calle Condell número trescientos cuarenta y cuatro, ciudad de Los Ángeles, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad por acciones, que se regirá por los siguiente Estatutos: Nombre. VIRLOMED SpA, nombre de fantasía, VIRLOMED.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La comercialización y distribución, producción, importación y exportación, venta al por mayor o menor, fraccionamiento y confección de uniformes clínicos, insumos médicos dentales y complementos, b) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Domicilio. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Capital Social. El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatro millones de pesos, representado por cuatro mil acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscriben y paga de la siguiente manera: a) Doña Damaria Jara Ramos, suscribe en este acto tres mil seiscientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor unitario mil pesos, que corresponde a un total de tres millones seiscientos mil pesos, que se pagarán en plazo de tres años; b) don Miguel Arturo Araya Vergara, suscribe en este acto cuatrocientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, cuatrocientos mil pesos, que se pagarán en plazo de tres años Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Damaria Jara Ramos, actuando individualmente, con todas las facultades señaladas en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2020.