MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

OXINPRO SpA

RUT 76643091-0 CVE 1744710
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
28 de febrero de 2020

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2020
Repertorio
1363-2020
Notario
ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será obras de Ingeniería.- Se modifica el artículo séptimo del título tercero, “DE LA ADMINISTRACION”, quedando con la siguiente redacción: La administración se sujetara a las siguientes reglas: El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones y la cuantía para su remuneración será fijada por la Junta de

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Sociedad por Acciones OXINPRO SpA socio 76643091-0 100%

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, abogado, Notario Público de Concepción, suplente del notario interino don José Humberto Miguel Salazar Rivera, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura privada de fecha 28 de febrero de 2020, ante notario interino, protocolo Nº10, repertorio Nº1363-2020, CLAUDIO SAMUEL ANTONIO MUÑOZ GUTIERREZ, chileno, ingeniero de ejecución mecánico, C.I.Nº17.041.041-6, domiciliado en Tomas Becket 440, casa 8, comuna de Concepción, dueño del 100% del capital de la sociedad, modifica, mediante un Acuerdo de Accionistas suscrito en escritura privada protocolizada bajo el Nº10, en esta notaria, repertorio 1363-2020, la Sociedad por Acciones OXINPRO SpA, Rol Único Tributario 76.643.091-0, capital de $500.000, dividida en 500 acciones ordinarias de la serie única, que fue constituida con fecha 22 de julio de 2016, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, y con posterioridad migrada al Registro de Comercio de Talcahuano, a Fojas 392, N°249 del año 2019, publicada en el Diario Oficial con fecha 06 de diciembre del año 2019, en el siguiente sentido: Se reforma el artículo cuarto del título primero del estatuto, siendo la nueva redacción: OBJETO: El objeto de la sociedad será obras de Ingeniería.- Se modifica el artículo séptimo del título tercero, “DE LA ADMINISTRACION”, quedando con la siguiente redacción: La administración se sujetara a las siguientes reglas: El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones y la cuantía para su remuneración será fijada por la Junta de Accionistas. Demás estipulaciones en documento extractado. Concepción, 17 de marzo de 2020.