MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA DON JORGE LIMITADA

RUT 76566690-2 CVE 1743804
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2020

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2020
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
con oficio en calle A. Varas Nº 979

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular, con oficio en calle A. Varas Nº 979, Temuco, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de febrero de 2020, ante mí, don JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER y doña MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ, ambos domiciliados calle Phillippi Nº 712, Temuco, don CARLOS JAVIER ABARZÚA RODRÍGUEZ, domiciliado calle Lynch N°456, depto. 601, Temuco, y don RICARDO ANDRÉS BARJA RODRÍGUEZ, domiciliado calle Phillippi N°712, Temuco, modificaron sociedad responsabilidad limitada “INMOBILIARIA DON JORGE LIMITADA”, RUT N°76.566.690-2, inscrita a fojas 455 Nº 387 Registro Comercio Temuco año 2006, siguiente sentido: Uno.- a) JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER cede 1% total derechos sociales a CARLOS JAVIER ABARZÚA RODRÍGUEZ, quién ingresa a sociedad; y b) MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ cede 1% total derechos sociales a RICARDO ANDRÉS BARJA RODRÍGUEZ, quién ingresa a sociedad. Dos.- Actuales socios, JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER, MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ, CARLOS JAVIER ABARZÚA RODRÍGUEZ, y RICARDO ANDRÉS BARJA RODRÍGUEZ, modifican pacto social: a) se modifica cláusula quinta, cambiando composición capital social de $10.000.000, aportado y pagado por socios, JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER $4.900.000, MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ $4.900.000, CARLOS JAVIER ABARZÚA RODRÍGUEZ $100.000, y RICARDO ANDRÉS BARJA RODRÍGUEZ $100.000; b) se modifica cláusula décimo primera, duración de 45 años contados desde fecha escritura constitución social, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, forma señalada escritura; y c) En caso de interdicción, insolvencia, incapacidad sobreviviente o fallecimiento de JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER, administración y uso razón social corresponderá en forma única a MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ. Y en caso de interdicción, insolvencia, incapacidad sobreviviente o fallecimiento de JORGE VLADIMIR RODRÍGUEZ MEIER y de MARÍA NIEVES HOYUELA GONZÁLEZ, administración y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a CARLOS JAVIER ABARZÚA RODRÍGUEZ y a RICARDO ANDRÉS BARJA RODRÍGUEZ. Otras estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado rigen estipulaciones pacto social. Doy Fe. Temuco, 20 de Marzo de 2020.