IMPORTADORA & COMERCIALIZADORA WORK OUT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2020
- Repertorio
- 6782/2020
- Notario
- ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA
- Domicilio
- Titular don Félix Jara Cadot
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público Suplente del Titular don Félix Jara Cadot, 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica por escritura de Hoy, repertorio Nº 6782/2020, ante mi, MIGUEL IGNACIO BARRAMUÑO AZÓCAR, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento sesenta y siete mil novecientos trece guión nueve, con domicilio en Avenida Perú número seiscientos noventa, comuna de Recoleta, Santiago; CÉSAR DAVID GONZÁLEZ SEPÚLVEDA, chileno, soltero, jefe de inventario, cédula nacional de identidad número trece millones seiscientos treinta y un mil novecientos cincuenta y nueve guión cero y LIDIA ANDREA ORELLANA BERRÍOS, chilena, soltera, secretaria, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos noventa nueve mil ochocientos once guión siete, ambos domiciliados en Santa Luisa número cero doscientos cuarenta, comuna de Quilicura, Santiago y don MIGUEL MELANIO RUFINO MARTINEZ, peruano, soltero, empleado, cédula nacional de identidad para extranjeros número veintidós millones dieciséis mil seiscientos cuatro guión K, con domicilio en Rosario mil trescientos treinta y uno, comuna de Renca, Santiago, modificaron “IMPORTADORA & COMERCIALIZADORA WORK OUT LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos once mil doscientos sesenta y uno guión seis, CAPITAL: $6.000.000.-, constituida por escritura pública de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil trece, otorgada en esta Notaría bajo el Repertorio número treinta y seis mil trescientos cuarenta y ocho guión dos mil trece, cuyo extracto se inscribió fojas noventa y dos mil dos, número cincuenta y nueve mil novecientos veinticuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil trece y se publicó en el Diario Oficial el treinta de noviembre del mismo año. MODIFICACIONES: Uno) Socia LIDIA ANDREA ORELLANA BERRÍOS, dueña del treinta y tres por ciento del capital social, vende, cede y transfiere, el total de sus derechos al socio MIGUEL IGNACIO BARRAMUÑO AZÓCAR quien los compra, acepta y adquiere para sí. Dos) Socio CÉSAR DAVID GONZÁLEZ SEPÚLVEDA, dueño del treinta y tres por ciento del capital social, vende, cede y transfiere, el total de sus derechos al socio MIGUEL IGNACIO BARRAMUÑO AZÓCAR quien los compra, acepta y adquiere para sí. Tres) Socio MIGUEL IGNACIO BARRAMUÑO AZÓCAR, que producto de las cesiones que preceden es dueño del cien por ciento del capital social, vende, cede y transfiere, el equivalente al noventa y nueve por ciento de sus derechos en la sociedad a MIGUEL MELANIO RUFINO MARTÍNEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Cuatro) Como consecuencia de las cesiones de derechos referidas, la sociedad, “IMPORTADORA & COMERCIALIZADORA WORK OUT LIMITADA”, queda conformada por los siguientes socios, con la siguiente participación en el capital social: MIGUEL MELANIO RUFINO MARTÍNEZ, con un noventa y nueve por ciento de derechos en el capital social y MIGUEL IGNACIO BARRAMUÑO AZÓCAR, con un uno por ciento de derechos en el capital social. Cinco) actuales socios de “IMPORTADORA & COMERCIALIZADORA WORK OUT LIMITADA” acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativo a la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, las que corresponderán a don MIGUEL MELANIO RUFINO MARTÍNEZ, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades y poderes de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacione directa o indirectamente con el giro social y en especial, con todas las facultades señaladas en el artículo cuarto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 marzo 2020.