Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2020
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
- Oficio
- Titular de la 7ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
construcción, instalación, explotación, ó arrendamiento de establecimientos de restaurante, bar, centro de eventos, hoteles, moteles, hostería, y en general, establecimientos de hospedaje y)o de servicio de comidas preparadas, bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, y la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo los que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Público Suplente del Titular de la 7ª Notaría Santiago, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 12 de marzo de 2020, ante la Notario Titular, ENRIQUE RAMÓN URIBE ALVAREZ, cédula de identidad número ocho millones quinientos catorce mil setecientos ochenta y nueve guion siete, domiciliado Huérfanos número mil ciento cuarenta y siete oficina cuatrocientos cuarenta y dos, Santiago, Región Metropolitana, constituyó GASTRONÓMICA ESTACIÓN YUNGAY SpA. Domicilio: ciudad de Santiago sin perjuicio agencias y sucursales en otros lugares país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: construcción, instalación, explotación, ó arrendamiento de establecimientos de restaurante, bar, centro de eventos, hoteles, moteles, hostería, y en general, establecimientos de hospedaje y/o de servicio de comidas preparadas, bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, y la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y todo los que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital y Acciones.- El capital de la sociedad es de un millón de pesos, dividido en diez acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie que se suscribe y paga en mismo acto. de modo tal que, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Los accionistas sólo son responsables del pago de sus acciones y no estarán obligados a devolver a la caja social las cantidades que hubieran percibido a título de beneficios. Administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a ENRIQUE RAMÓN URIBE ALVAREZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, podrá obligarla en toda clase de actos. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de marzo de 2020.