Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) la prestación de servicios y asesorías profesionales en materias comerciales y)o financieras; b) Comprar, vender, arrendar, administrar, adquirir por cualquier título, gravar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, y en general, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; c) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y d) el desarrollo de cualquier actividad o la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con los objetivos anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2020, ante mí, José Tomás Camposano Cruz y María Clementina Cruz Pinochet; constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: Asesorías e Inversiones MCC SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la prestación de servicios y asesorías profesionales en materias comerciales y/o financieras; b) Comprar, vender, arrendar, administrar, adquirir por cualquier título, gravar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, y en general, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; c) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y d) el desarrollo de cualquier actividad o la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de $100.000.000.-, dividido en 100.000 acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito, y del cuál i) se paga $1.000.000 en el acto de constitución, y ii) $99.000.000 se pagarán en el plazo y forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 23 de marzo de 2020.-