VENTANAS ALU-WOOD SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2020
- Repertorio
- 5581-2020
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $420.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, con oficio en la calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 9 de marzo de 2020, bajo Repertorio 5.581-2020, ante mí, los únicos accionistas de VENTANAS ALU-WOOD SpA (antes “Ventanas Alu-Wood Limitada”), sociedad inscrita a fojas 29.999 número 23.849 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2000 (la “Sociedad”); (i) Inversiones y Asesorías Munba Limitada; (ii) don Paules Johannes Duijndam Verheul; y, (iii) Maderas F & D S.A.; acordaron aumentar el capital social en $420.000.000, esto es, desde su monto actual de $5.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de única serie, al monto de $425.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de única serie, mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones de pago ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de única serie. En virtud del aumento de capital acordado, los accionistas acordaron modificar los estatutos de la Sociedad, reemplazando íntegramente los artículos Quinto y Primero Transitorio, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $425.000.000, dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio”; “Artículo Primero Transitorio: El capital social asciende a la cantidad de $425.000.000 dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) 1.000 acciones representativas de $5.000.000, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) 1.000 acciones representativas de 420.000.000, deberán ser suscritas y pagadas íntegramente dentro de un plazo de 5 años contados desde el 9 de marzo de 2020.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2020.