Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2020
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, docencia e investigaciones en el área de la salud; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma cesión uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial, y de todo tipo de establecimientos de comercio; y c) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal
Administración
MARIA EUGENIA URRUTIA ESCOBAR y CLAUDIO ENRIQUE CULACIATI TAPIA, actuando separada e indistintamente, con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 16 de Marzo de 2020 , REPERTORIO N°5.306-2020, ante mi, MARIA EUGENIA URRUTIA ESCOBAR y CLAUDIO ENRIQUE CULACIATI TAPIA constituyen sociedad por acciones denominada “ORION SpA”. Objeto: a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, docencia e investigaciones en el área de la salud; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma cesión uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial, y de todo tipo de establecimientos de comercio; y c) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal.-. Administración: MARIA EUGENIA URRUTIA ESCOBAR y CLAUDIO ENRIQUE CULACIATI TAPIA, actuando separada e indistintamente, con amplias facultades. Capital: $2.000.000.- y que se divide en 100 acciones nominativas de una serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Duración: indefinida desde fecha de escritura que extracto. Domicilio: Santiago.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- JAMH.