MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA

RUT 76372600-2 CVE 1743231
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de febrero de 2020
Repertorio
7753-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

1) Compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de telex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan ingerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones especificas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrán todas las facultades que enumera el articulo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) Explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de te, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura ante mi suplente JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER de fecha 27 Febrero 2020, Sr.: RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, colombiano, casado y separado de bienes, comerciante, C.I. para extranjeros 8.534.288-6, Mas Afuera 543, La Florida, por sí y en representación de YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, chilena, casada, secretaria, C.I.: 8.923.885-4, Camino Ensenada sin Nº, Valle Simpson, Coyhaique, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA”, RUT 76.372.600-2, inscrita a fojas 20.747, Nº 15.075, Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2005. Modificación consiste en: YENNY ALEXANDRA GUARIN MONTOYA, cedió totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 30% del capital social total a RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, precio $3.601.440, pagados con anterioridad. RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO, en su calidad de único dueño del total de los derechos sociales, trasforma sociedad “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN LIMITADA” en sociedad por acciones, cuyos estatutos son los siguientes: Nombre: “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA RAYFEN SpA”, Domicilio: Santiago. Duración: indefinida. Objeto: 1) Compraventa, importación, exportación, distribución y permutar acciones, bonos y valores mobiliarios; descontar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar y protestar, letras de cambio, pagares, vales o cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles; depositar o retirar valores en custodia o garantía; abrir, cerrar y arrendar cajas de seguridad y administrarlas, retirar valores en custodia; contratar y cancelar boletas de garantía; cobrar y percibir; otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; celebrar contratos de trabajo, modificarlos, desahuciarlos y ponerles termino de cualquiera de los modos que permite la ley; además, fijar derechos y deberes, otorgar premios y acordar sanciones; acordar y modificar las normas generales a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar y modificar sus reglamentos internos; fijar y modificar tarifas y precios; exigir rendiciones de cuentas, convenir y aceptar estimación de perjuicios, pedir declaraciones de quiebra; nombrar depositarios, tasadores, liquidadores y demás personas que fueren necesarias; registrar las direcciones telegráficas, cablegráficas y de telex de la sociedad, arrendar casillas de correos, retirar toda clase de correspondencia, ordinaria, certificada u oficial, de correo, telégrafos, fax, ferrocarriles, buses, aduanas, etcétera, cobrar y percibir giros postales y telegráficos, retirar toda clase de encomiendas, equipajes, carga, bultos, paquetes, envíos, etcétera; comparecer ante cualquier autoridad administrativa, Fiscal, Semifiscal, Municipal o de Administración Autónoma, ante cualquier Ministerio, Servicio, Dirección, Institución o Caja de Previsión, Administradora de Fondos de Pensiones, Institutos de Salud Previsional, ante cualquiera de las Superintendencias de Valores y Seguros; de Seguridad Social; de Bancos e instituciones Financieras, ante el Servicio de Aduanas y de Tesorerías y el de Impuestos Internos y, en especial, ante cualquier organismo del sector laboral, tales como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional, Dirección del Trabajo, Inspección del Trabajo y otros organismos que tengan ingerencia o competencia en dichas materias; efectuar ante ellas presentaciones, reclamaciones y solicitudes de cualquier naturaleza, realizar toda clase de actuaciones, tramites y negociaciones, firmar escritos y toda clase de instrumentos, públicos y privados; recibir correspondencia, aun certificada, retirarla, abrirla, retirar giros y encomiendas postales, pudiendo delegar estas funciones en situaciones especificas en personas determinadas, mediante simple carta; presentar y firmar declaraciones, solicitudes, planillas y toda clase de documentos necesarios para el correcto y adecuado cometido del presente poder; y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la practica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrán todas las facultades que enumera el articulo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción comercialización de artículos de librería, ferretería y bazar, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; 2) Explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de te, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro; 3) Ejercer el transporte de pasajeros mediante vehículos propios o ajenos; comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de pasajeros; importar, reparar, comprar y vender carrocerías de taxis, taxibuses y buses; dar y tomar en arrendamiento vehículos propios o ajenos destinados al transporte de pasajeros, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital: $6.000.000, divididos en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal de igual valor cada una, totalmente suscrito y pagado a la fecha de transformación. Desde fecha transformación, accionistas nombran a RAFAEL ALFONSO GUARIN ROBAYO como administrador de la Sociedad, amplias facultades. Demás antecedentes en escritura extractada. Repertorio N°7753-2020. SANTIAGO, 10 MARZO 2020.