Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2020
- Repertorio
- 381-2020
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- San Jorge de Romeral, comuna de Molina, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Producir o transformar bienes, o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. Para el cumplimiento de sus objetivos, podrá efectuar la comercialización, explotación, producción, compraventa y elaboración de productos provenientes de la actividad agrícola, vitivinícola, ganadera y forestal, así como también la compra, venta, arrendamiento y)o cualquier forma de adquisición y)o enajenación de predios agrícolas y ganaderos y la explotación de los mismos, así como todos los actos y contratos que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Molina, domiciliando en Calle Independencia N° 2001 Molina, certifico que con fecha 11 de marzo del año 2020, doña Pilar Ortiz Meza, Chilena, soltera, contador general, cédula nacional de identidad número 8.858.252-7, con domicilio en pasaje Los Clarines 0135, Villa Jardines del Estero de la comuna de Pelarco y de paso por esta, debidamente facultada, redujo a escritura pública repertorio 381-2020, el acta de constitución y estatutos de COOPERATIVA MOLIFRUT LTDA, celebrada con fecha 18 de Febrero de 2020, RAZON SOCIAL; Cooperativa Molifrut Ltda., su sigla será COOPERATIVA MOLIFRUT LTDA., DOMICILIO: San Jorge de Romeral, comuna de Molina, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero, DURACION: Indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas, OBJETO: Producir o transformar bienes, o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. Para el cumplimiento de sus objetivos, podrá efectuar la comercialización, explotación, producción, compraventa y elaboración de productos provenientes de la actividad agrícola, vitivinícola, ganadera y forestal, así como también la compra, venta, arrendamiento y/o cualquier forma de adquisición y/o enajenación de predios agrícolas y ganaderos y la explotación de los mismos, así como todos los actos y contratos que los socios acuerden. CAPITAL: El Capital Inicial suscrito y pagado es de setenta mil pesos dividido en 7 cuotas de participación, de un valor inicial de diez mil pesos ( $10.000.-) cada una, pagadas en este acto por los socios constituyentes. Demás estipulaciones, escritura extractada. En Molina a 20 de marzo del año 2020.