Inversiones Portuguez Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2020
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Domicilio
- Agustinas 1070
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años a contar escritura, prorrogables por iguales y sucesivos periodos de 10 años
Objeto social
La inversión, adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, distribución, arriendo, importación y exportación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles. Toda otra actividad que los socios acuerden; Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público, Agustinas 1070, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 20 de enero de 2020, ante notario suplente José Leonardo Brusi Muñoz, HECTOR RICARDO GUTIERREZ PORTUGUEZ, C.I. N 15.725.560-6, ROBERTO ANIBAL CARMONA PORTUGUEZ, C.I. N 18.769.138-9, Y ALBERTO ANDRES SANHUEZA RIOS, C.I. N 18.072.930-5, todos domiciliados en avenida Manuel Rivas Vicuña 641, Estación Central, constituyeron sociedad de responsabilidad Limitada, Razón social: INVERSIONES PORTUGUEZ LIMITADA, nombre de fantasía KRONOS LIMITADA.; Domicilio: Santiago, sin perjuicio otras agencias o sucursales en ciudades o lugares del país; Duración: 3 años a contar escritura, prorrogables por iguales y sucesivos periodos de 10 años; Objeto: La inversión, adquisición, enajenación, compra, venta, comercialización, distribución, arriendo, importación y exportación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles. Toda otra actividad que los socios acuerden; Administración y Uso Razón social: corresponde a FERNANDO ANDRES GUTIERREZ PÓRTUGUEZ, amplias facultades; Capital: $15.000.000-, que aportan y pagan, en las proporciones siguientes, a) HECTOR RICARDO GUTIERREZ PORTUGUEZ, aporta la suma $6.000.000 pesos que corresponden al 40% de los derechos sociales, b) ROBERTO ANIBAL CARMONA PORTUGUEZ, aporta la suma de $6.000.000 de pesos que corresponden al 40% de los derechos sociales, y c) ALBERTO ANDRES SANHUEZA RIOS, aporta la suma de $3.000.000 de pesos, que corresponden al 20% de los derechos sociales, en este mismo acto, dinero efectivo, ingresado caja social; Socios limitan sus responsabilidades personales al monto respectivos aportes sociales; Demás menciones escritura que extracto. Santiago 19 de Marzo de 2.020.