EL ARRAYÁN HOLDING SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2020
- Repertorio
- 3201-2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $26.439.123 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, ciudad de Santiago certifico: que por escritura pública de 4 de marzo de 2020, repertorio 3201-2020, ante mí 1) ARCO FINANCE CHILE SpA, 76.479.365-K y 2) EL ARRAYÁN CHILE SpA, 76.088.286-0, ambas domiciliadas para estos efectos en Rosario Norte 407, oficina 1102, Las Condes, en su calidad de únicas y exclusivas accionistas de EL ARRAYÁN HOLDING SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 57.841, Nº42.523 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, modificó los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: 1) Modificando la denominación de capital de la Sociedad de pesos Chilenos a dólares de los Estados Unidos de América, pasando el capital social de $26.439.123.859 dividido en 26.439.123.859 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de 37.229.992 dólares de los Estados Unidos de América /“Dólares”/, dividido en el mismo número de acciones, de iguales características, íntegramente suscritas y pagadas. 2) Aumentando el capital de la Sociedad de la suma de 37.229.992 Dólares dividido en 26.439.123.859 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a la suma de 37.723.314,20 Dólares, esto es en la suma de 493.322,20 Dólares, mediante la emisión de 253.626.256 nuevas acciones, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. 3) Reemplazando el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: "ARTICULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de treinta y siete millones setecientos veintitrés mil trescientos catorce dólares de los Estados Unidos de América con veinte centavos de dólar dividido en veintiséis mil seiscientos noventa y dos millones setecientos cincuenta mil ciento quince acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los Accionistas en dinero efectivo.”. 4) Reemplazando el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la Sociedad es de treinta y siete millones setecientos veintitrés mil trescientos catorce dólares de los Estados Unidos de América con veinte centavos de dólar, dividido en veintiséis mil seiscientos noventa y dos millones setecientos cincuenta mil ciento quince acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, de acuerdo al siguiente detalle: a) ARCO Finance Chile SpA, con la suma de dieciséis millones novecientos setenta y cinco mil cuatrocientos noventa y un dólares de los Estados Unidos de América con treinta y nueve centavos de dólar, divididas en doce mil once millones setecientos treinta y siete mil quinientos cincuenta y dos acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas; y b) El Arrayán Chile SpA, con la suma de veinte millones setecientos cuarenta y siete mil ochocientos veintidós dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y un centavos de dólar divididas en catorce mil seiscientos ochenta y un millones doce mil quinientos sesenta y tres nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de marzo de 2020. M. Patricia Donoso G. Notario Público Titular.