MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Comunicaciones de Radiodifusión, Televisión y Prensa Aymará Chungará Limitada

RUT 76413140-1 CVE 1742349
Capital
$750.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2020

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2020
Notario
JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA
Domicilio
Arica

Sociedad

Capital
$750.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA, abogado, Notario Público de Arica, con oficio en calle Baquedano N° 65, CERTIFICA: Que por escritura hoy ante mí: TOMISLAV ELISEO SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº 13.212.573-2, como "el cedente" y/o "socio fundador”; don GUILLERMO ESTEBAN SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº16.224.045-5, como “cesionario” y /o "socio fundador"; y don LJUBOMIR EZEQUIEL SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº 13.638.444-9, por sí y en representación de los comuneros y herederos de los derechos de socio fundador fallecido Tomislav Esteban Simunovic Gran, (1) doña SANDRA EDITH VÁSQUEZ OSORIO, cédula nacional de identidad Nº 7.183.945-1; (2) doña NEVENKA LOURDES SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº 19.870.055-K; (3) don TOMISLAV ELISEO SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº 13.212.573-2; y (4) don GUILLERMO ESTEBAN SIMUNOVIC VÁSQUEZ, cédula nacional de identidad Nº 16.224.045-5, como “Comunidad del herederos fallecido” o la “Comunidad Socia” celebraron Cesión de Derechos Sociales y Modificación de la Sociedad de Comunicaciones de Radiodifusión, Televisión y Prensa Aymará Chungará Limitada o Comunicaciones Aymara Chungará Limitada.- UNO) Mediante el referido contrato don Tomislav Eliseo Simunovic Vásquez, vendió y transfirió a don Guillermo Esteban Simunovic Vásquez, la totalidad de los derechos sociales que le caben en la sociedad sea como socio fundador equivalente a un tercio de los derechos sociales, como aquella proporción que le corresponde o pudiere corresponderle de su calidad de heredero del socio del fallecido.- El precio de la cesión de derechos sociales fue la suma de $250.000.- pagados al contado y en efectivo.- DOS) Modificaron la Cláusula Cuarta del pacto social primitivo de fecha 31 de Octubre de 2005, suscrito ante el Notario Público Victor Warner Sarria, en el sentido que: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don GUILLERMO ESTEBAN SIMUNOVIC VASQUEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.- Ratifican capital: $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos).- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-Arica, 05 de Marzo de 2020.-