CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PATAGONIA ANTARCTICA YACHT CHARTER LIMITADA

CVE 1742541
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2020
Repertorio
3705-2020
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Duración
La sociedad tendrá una vigencia de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos tres meses de antelación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) La explotación, promoción y desarrollo de todo tipo de negocios y actividades relacionados con el turismo nacional o internacional, por cuenta propia o de terceros, en cualquier medio de transporte terrestre, aéreo y)o marítimo, sean estos propios o ajenos; b) El transporte público y privado de personas en todo tipo de formas y sus variantes, principalmente, pero no limitado a ello, al transporte marítimo privado, por medio de embarcaciones o vehículos de cualquier tamaño y propulsión, tales como yates, barcos, fragatas, catamarán y veleros. c) La adquisición, compra, venta, arrendamiento con y sin opción de compra, permuta, explotación, cesión de uso y enajenación a cualquier título, de todo tipo de bienes muebles e inmuebles relacionados o necesarios para el giro social; d) La realización de toda clase de inversión, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de negocio pudiendo al efecto constituir, participar, administrar y tomar interés en fondos de inversión, comunidades, contratos, patrimonios de afectación y cualquier otra entidad, cualquiera sea su naturaleza u objeto, tanto en chile como en el extranjero; y; e) En general, cualquier otra actividad, relacionada o no al objeto social, que los socios acuerden

Administración

Actuando conjuntamente don CARLOS MIQUEL EGGERS con cualquiera de las personas que a continuación se indican don GONZALO CEPEDA ORTEGA, o don ANSGAR MUSCHEN VAN LANKEREN, o don TOMÁS ALEJANDRO MIRANDA OYARZÚN, en la forma indicada en el Estatuto Social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público titular de la 34 Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: Que por escritura pública repertorio 3705-2020 de fecha 5 de marzo de 2020, ante mí: CARLOS ALBERTO MIQUEL EGGERS, domiciliado en Perignon Way 5031, Coral Springs, Florida, Estados Unidos de Norteamérica y AGENCIA MARÍTIMA DE SÚPER YATES LIMITADA, domiciliada en Rosario Norte 100, oficina 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, Chile, ambos debidamente representados, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre o Razón Social: La razón social de la sociedad será “PATAGONIA ANTARCTICA YACHT CHARTER LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “PAYC LIMITADA” ó “PAYC LTDA.”, inclusive ante Bancos, Instituciones Financieras, y en general, ante cualquier persona sea natural o jurídica, como así también ante cualquier autoridad. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $3.000.000.-, que los socios suscriben, enteran y enterarán en la siguiente forma y plazo: a) don CARLOS ALBERTO MIQUEL EGGERS, aporta la suma de $1.500.000.-, equivalente al 50% del capital social, monto que pagará y enterará, en dinero en efectivo y al contado, en el plazo máximo de un año calendario a contar de la fecha de esta escritura; y b) AGENCIA MARÍTIMA DE SÚPER YATES LIMITADA, aporta la suma de $1.500.000.-, equivalente al 50% del capital social, monto que paga y entera en este acto en dinero en efectivo y al contado. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La explotación, promoción y desarrollo de todo tipo de negocios y actividades relacionados con el turismo nacional o internacional, por cuenta propia o de terceros, en cualquier medio de transporte terrestre, aéreo y/o marítimo, sean estos propios o ajenos; b) El transporte público y privado de personas en todo tipo de formas y sus variantes, principalmente, pero no limitado a ello, al transporte marítimo privado, por medio de embarcaciones o vehículos de cualquier tamaño y propulsión, tales como yates, barcos, fragatas, catamarán y veleros. c) La adquisición, compra, venta, arrendamiento con y sin opción de compra, permuta, explotación, cesión de uso y enajenación a cualquier título, de todo tipo de bienes muebles e inmuebles relacionados o necesarios para el giro social; d) La realización de toda clase de inversión, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de negocio pudiendo al efecto constituir, participar, administrar y tomar interés en fondos de inversión, comunidades, contratos, patrimonios de afectación y cualquier otra entidad, cualquiera sea su naturaleza u objeto, tanto en chile como en el extranjero; y; e) En general, cualquier otra actividad, relacionada o no al objeto social, que los socios acuerden. Administración: Actuando conjuntamente don CARLOS MIQUEL EGGERS con cualquiera de las personas que a continuación se indican don GONZALO CEPEDA ORTEGA, o don ANSGAR MUSCHEN VAN LANKEREN, o don TOMÁS ALEJANDRO MIRANDA OYARZÚN, en la forma indicada en el Estatuto Social. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos tres meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de Marzo de 2020.-