INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CBS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2020
- Comuna
- Providencia
Objeto social
A) la prestación de servicios profesionales y técnicos de la salud, entre los cuales a modo de ejemplo estarán comprendidos; servicios médicos, de enfermería, kinesioterapia, fonoaudiología, paramédicos, personal auxiliar, y otros afines a tales servicios a fin de poder proveer prestaciones de salud, sea mediante atención domiciliaria, ambulatoria u hospitalizada; B) La promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud. En el ejercicio de ella, la sociedad podrá constituir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimiento hospitalario, clínico, centro médico ambulatorio, laboratorio o toma de muestras, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud. Podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinados a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente asumiendo representaciones nacionales o internacionales, y a formar parte como socio en cualquier clase de instituto, organización o sociedad que tenga entre sus finalidades aquellas propias de las clínicas u hospitales; C) realizar por cuenta propia o de terceros investigaciones, desarrollo de técnicas y procesos en las diferentes áreas de la medicina, participar, crear, explotar o asociarse con instituciones de educación superior para desarrollar campus clínicos universitarios de educación en materias de salud en general, la capacitación y perfeccionamiento de profesionales de salud y personal hospitalario; D) Efectuar inversiones tanto en bienes muebles como en inmuebles, bienes corporales o incorporales, acciones, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y derechos de sociedades, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explorarlos y percibir sus frutos; la construcción y el desarrollo de proyectos inmobiliarios pudiendo comprar, vender, permutar, adquirir o enajenar a cualquier título toda clase de bienes y derechos constituidos sobre bienes raíces, administrarlos, darlos en arrendamiento y percibir sus rentas, incluyendo el arrendamiento de inmuebles no amoblados o amoblados o con instalaciones que permitan el ejercicio de actividades comerciales o industriales; E) La realización de operaciones de toda índole, tendiente consecución del objeto social; por lo que la sociedad, podrá realizar toda clase de actos, contratos y negociaciones tendientes al cumplimiento del objeto social, cualquiera sea la naturaleza jurídica de éstos.” Demás acuerdos y estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 11 de marzo de 2020.cvo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Eduardo Rodríguez Burr, Abogado, Notario Titular Primera Notaria de Providencia, Avenida Providencia No. 1777, certifica que por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2020, repertorio No.1362/2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha seis de marzo de dos mil veinte, de la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CBS S.A. Rut No. 76.242.774-5, en la que: i) Aprueba la modificación del artículo primero de los estatutos “ARTÍCULO PRIMERO. Se constituye una sociedad anónima cerrada con el nombre de “Clínica Bupa Santiago S.A.” la sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos o lugares del país o en el extranjero.” ii) Aprueba modificar el artículo tercero de los estatutos: “ARTÍCULO TERCERO. La Sociedad tiene por objeto: A) la prestación de servicios profesionales y técnicos de la salud, entre los cuales a modo de ejemplo estarán comprendidos; servicios médicos, de enfermería, kinesioterapia, fonoaudiología, paramédicos, personal auxiliar, y otros afines a tales servicios a fin de poder proveer prestaciones de salud, sea mediante atención domiciliaria, ambulatoria u hospitalizada; B) La promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud. En el ejercicio de ella, la sociedad podrá constituir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimiento hospitalario, clínico, centro médico ambulatorio, laboratorio o toma de muestras, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud. Podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinados a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente asumiendo representaciones nacionales o internacionales, y a formar parte como socio en cualquier clase de instituto, organización o sociedad que tenga entre sus finalidades aquellas propias de las clínicas u hospitales; C) realizar por cuenta propia o de terceros investigaciones, desarrollo de técnicas y procesos en las diferentes áreas de la medicina, participar, crear, explotar o asociarse con instituciones de educación superior para desarrollar campus clínicos universitarios de educación en materias de salud en general, la capacitación y perfeccionamiento de profesionales de salud y personal hospitalario; D) Efectuar inversiones tanto en bienes muebles como en inmuebles, bienes corporales o incorporales, acciones, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios y derechos de sociedades, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explorarlos y percibir sus frutos; la construcción y el desarrollo de proyectos inmobiliarios pudiendo comprar, vender, permutar, adquirir o enajenar a cualquier título toda clase de bienes y derechos constituidos sobre bienes raíces, administrarlos, darlos en arrendamiento y percibir sus rentas, incluyendo el arrendamiento de inmuebles no amoblados o amoblados o con instalaciones que permitan el ejercicio de actividades comerciales o industriales; E) La realización de operaciones de toda índole, tendiente consecución del objeto social; por lo que la sociedad, podrá realizar toda clase de actos, contratos y negociaciones tendientes al cumplimiento del objeto social, cualquiera sea la naturaleza jurídica de éstos.” Demás acuerdos y estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 11 de marzo de 2020.cvo.