CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES OHANA LIMITADA

CVE 1742571
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de marzo de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de marzo de 2020
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración cinco años renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales.Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago 04 de marzo de 2020. Rep. Número 6423.-2020

Objeto social

será la actividadinmobiliaria y de inversiones y la construcción de toda sus ramas, por cuenta propia o ajena, por suma alzada, administración o de cualquiera otra forma o sistema; realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con el giro de la construcción. Administración construcciones, subcontratar todo o parte determinadas de las obras; proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con la construcción y todos aquellos que acuerden; la construcción, instalación, ampliación, montaje, terminación, reparación, remodelación, mantención o demolición de todo tipo de viviendas, edificios, inmuebles habitacionales, comerciales, educacionales, hospitalarios, industriales u oficinas y la ejecución de cualquier tipo de obras civiles de arquitectura o ingeniería, sean particulares o fiscales; estudios, asesorías y prestación de cualquier servicio relacionado con lo anterior; adquisición y enajenación, importación y exportación, comercialización y distribución de material para la construcción; arrendamiento de maquinarias para la construcción; adquisición, enajenación, corretaje, explotación, administración y arrendamiento de bienes propios o ajenos y ejecución de obras de urbanización y loteo de terrenos. Podrán presentar propuestas públicas o privadas y formar e incorporarse a otras sociedades de cualquier tipo y, en general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior.ADMINISTRACION:La ejercerán los 3 socios de manera conjunta, amplias facultades

Administración

La ejercerán los 3 socios de manera conjunta, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, según Decreto Judicial número ciento diecinueve guión dos mil veinte, de fecha diecisiete de febrero del año en curso, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Doña JESSICA ALEJANDRA ESPINOZA MORALES, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos siete mil cuatrocientos setenta y nueve guión cuatro; don EDUARDO ANDRES ESPINOZA MORALES, cédula nacional de identidad número diecinueve millones novecientos cincuenta y cinco mil veinticinco guión K; y doña JESSICA DEL CARMEN MORALES POBLETE, cédula nacional de identidad número once millones trescientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y ocho guión seis, todos Cerro Florido número mil quinientos cincuenta y tres, comuna de Puente Alto. Constituyensociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES OHANA LIMITADA”, nombre de fantasía "OHANA LTDA.”. OBJETO: será la actividadinmobiliaria y de inversiones y la construcción de toda sus ramas, por cuenta propia o ajena, por suma alzada, administración o de cualquiera otra forma o sistema; realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con el giro de la construcción. Administración construcciones, subcontratar todo o parte determinadas de las obras; proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con la construcción y todos aquellos que acuerden; la construcción, instalación, ampliación, montaje, terminación, reparación, remodelación, mantención o demolición de todo tipo de viviendas, edificios, inmuebles habitacionales, comerciales, educacionales, hospitalarios, industriales u oficinas y la ejecución de cualquier tipo de obras civiles de arquitectura o ingeniería, sean particulares o fiscales; estudios, asesorías y prestación de cualquier servicio relacionado con lo anterior; adquisición y enajenación, importación y exportación, comercialización y distribución de material para la construcción; arrendamiento de maquinarias para la construcción; adquisición, enajenación, corretaje, explotación, administración y arrendamiento de bienes propios o ajenos y ejecución de obras de urbanización y loteo de terrenos. Podrán presentar propuestas públicas o privadas y formar e incorporarse a otras sociedades de cualquier tipo y, en general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior.ADMINISTRACION:La ejercerán los 3 socios de manera conjunta, amplias facultades. CAPITAL: $10.000.000.-, socios aportan siguiente forma: a)Jessica Alejandra Espinoza Morales, aporta $3.333.333.- que ingresa de la siguiente forma: uno: con $1.500.000.- en este acto en dinero efectivo a la caja social; y dos: el saldo de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres de pesos los ingresará en el plazo de un año a contar de esta fecha;b) Eduardo Andrés Espinoza Morales, aporta $3.333.333.- que ingresa de la siguiente forma: uno: con $1.500.000.- en este acto en dinero efectivo a la caja social; y dos: el saldo de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres de pesos los ingresará en el plazo de un año a contar de esta fecha;c) Jessica Del Carmen Morales Poblete, aporta $3.333.333.- que ingresa de la siguiente forma: uno: con $1.500.000.- en este acto en dinero efectivo a la caja social; y dos: el saldo de un millón ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres de pesos los ingresará en el plazo de un año a contar de esta fecha. Socios responden hasta monto respectivos aportes. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales en el resto del país, o en el extranjero. DURACIÓN: empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración cinco años renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales.Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago 04 de marzo de 2020. Rep. Número 6423.-2020.