MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías y Representaciones Chilink Limitada

RUT 78624240-1 CVE 1742581
Capital
$40.000 CLP
Fecha instrumento
3 de marzo de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2020
Repertorio
4004/2020
Notario
MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA
Oficio
18° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA, notario público titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 3 de marzo de 2020, Repertorio N° 4.004/2020, ante mí, Juan Eduardo Bunster Betteley, Ximena Inés Charme Guillard, Fernando Eugenio Bustamante Laissle, Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada e Inversiones Santa Magdalena Limitada, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Santiago, San Patricio 4.099, oficina 401, comuna de Vitacura; modificaron la sociedad denominada Asesorías y Representaciones Chilink Limitada, de la siguiente manera: Uno) Se efectuaron las siguientes cesiones de derechos sociales, las que tendrán efecto a contar del 31 de marzo del año 2020: a) Don Juan Eduardo Bunster Betteley se retiró de la compañía, cediendo la totalidad de sus derechos en la sociedad, cuota ésta equivalente a $40.000 pesos en el capital social, a la sociedad denominada Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada; b) Doña Ximena Inés Charme Guillard se retiró de la compañía, cediendo la totalidad de sus derechos en la sociedad, cuota ésta equivalente a $40.000 en el capital social, a la sociedad denominada Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada; y, c) La sociedad denominada Inversiones Santa Magdalena Limitada se retiró de la compañía, cediendo la totalidad de sus derechos en la sociedad, cuota ésta equivalente a $3.920.000 en el capital social, a la sociedad denominada Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada. Dos) Asimismo, don Juan Eduardo Bunster Betteley puso término al aporte de su trabajo personal en calidad de socio industrial en la compañía a contar del 31 de marzo del año 2020. Tres) Como consecuencia de todo lo anterior, se reemplazó el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $8.000.000, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en dinero en efectivo, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a don Fernando Eugenio Bustamante Laissle, la suma de $80.000; y, b) a Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada, la suma de $7.920.000. Don Fernando Eugenio Bustamante Laissle aporta asimismo su trabajo personal, en calidad de socio industrial y sin exclusividad.”. Cuatro) A continuación, los socios acordaron reemplazar el texto de la cláusula tercera del estatuto social vigente, relativo a la administración de la compañía y el uso de la razón social, por el que sigue: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Fernando Eugenio Bustamante Laissle. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.”. Cinco) Por el mismo instrumento, los socios acordaron reemplazar el texto del artículo segundo del estatuto social vigente, relativo al objeto social, por el que sigue: “El objeto de la sociedad será: a) la asesoría comercial, la representación, la intermediación y la gestión de productos alimenticios de toda clase, tanto en Chile como en el exterior; y, b) la importación, la exportación, las ventas al por mayor y a minoristas, la comercialización y distribución de toda clase de bienes, particularmente de alimentos, cualquiera sea su origen o denominación, así como la realización de cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que acuerden los socios, en su caso. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.”. Seis) Asimismo, los socios acordaron reemplazar el texto de la cláusula séptima del estatuto social vigente, relativo a la duración de la sociedad, por el que sigue: “La sociedad rige desde el 23 de febrero del año 1995 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.”. Siete) Con el objeto de dejar constancia de las modificaciones anteriores, los actuales socios de la compañía acordaron un nuevo texto refundido de los estatutos de la sociedad, y que es del siguiente tenor: La sociedad se denomina Asesorías y Representaciones Chilink Limitada y tiene su domicilio en Santiago. El objeto de la sociedad es: a) la asesoría comercial, la representación, la intermediación y la gestión de productos alimenticios de toda clase, tanto en Chile como en el exterior; y, b) la importación, la exportación, las ventas al por mayor y a minoristas, la comercialización y distribución de toda clase de bienes, particularmente de alimentos, cualquiera sea su origen o denominación, así como la realización de cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que acuerden los socios, en su caso. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Fernando Eugenio Bustamante Laissle. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $8.000.000, totalmente enterado por los socios o sus antecesores en dinero en efectivo, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a don Fernando Eugenio Bustamante Laissle, la suma de $80.000; y, b) a Inversiones y Asesorías Los Mañíos Limitada, la suma de $7.920.000. Don Fernando Eugenio Bustamante Laissle aporta asimismo su trabajo personal, en calidad de socio industrial y sin exclusividad. La sociedad rige desde el 23 de febrero del año 1995 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 09 de Marzo de 2020.-