Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2020
- Notario
- GONZALO HURTADO MORALES
- Oficio
- Primera Notaría de la comuna de Las Condes
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al márgen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos 3 meses al termino del respectivo periodo
- Ley aplicable
- ley N°20.190
Objeto social
a) la prestación de servicios de maestranza industrial, compra y venta, comercialización, mantenimiento, servicios en terreno o a domicilio, fabricación de maquinaria y equipo para trabajar los metales y la madera, procesamiento de metales industrial y sus productos, subproductos y derivados, la compra venta, comercialización y procesamiento de bienes muebles Industriales, bienes raíces, el transporte de carga y derivados y toda otra actividad relacionada con el giro maestranza industrial, la compra y venta, comercialización de insumos industriales y agrícolas, la prestación de servicios mecánicos automotriz, reparación, mantenimiento, lavado de vehículos automotriz y o Industriales.; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debenturas, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener retas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) la compraventa, consignación, permuta, distribución, mantenimiento, importación, exportación, arrendamiento con o sin opción de compra y reparación de camiones, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, maquinas, herramientas o móviles; respuestas y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y que existan en el futuro y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complete o sea una consecuencia de los mismos, y otros que los socios acuerden; d) la prestación de servicios forestales, compra y venta, explotación, comercialización y procesamiento de la madera y sus productos, subproductos y derivados, la compra venta, explotación, comercialización y procesamiento de bosques, bienes raíces, el transporte de carga de madera y derivados y toda otra actividad relacionada con el giro forestal, la compra y venta, comercialización de insumos forestales, agrícolas e industriales
Administración
Corresponderá indistintamente accionistas NICOLÁS ENRIQUE GONZÁLEZ GODOY y a DANIELA ISIDORA GONZÁLEZ GODOY, quienes actuarán en forma conjunta o separada. Hay
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO MORALES, Notario Público Titular de la Primera Notaría de la comuna de Las Condes, con oficio en Avenida Apoquindo N° 4.943, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública fecha 12/3/2020, ante mi, NICOLÁS ENRIQUE GONZÁLEZ GODOY, empresario, soltero, C.I.N°18.028.986-0, Vasco de Gama N°4643, Las Condes, y DANIELA ISIDORA GONZÁLEZ GODOY, empresaria, soltera, C.I.N°20.171.204-1, Vasco de Gama N°4643, Las Condes, constituyeron sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos y ley N°20.190 y N°18.046. El nombre de la sociedad será ECO MAESTRANZA SpA.- Domicilio: La ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: a) la prestación de servicios de maestranza industrial, compra y venta, comercialización, mantenimiento, servicios en terreno o a domicilio, fabricación de maquinaria y equipo para trabajar los metales y la madera, procesamiento de metales industrial y sus productos, subproductos y derivados, la compra venta, comercialización y procesamiento de bienes muebles Industriales, bienes raíces, el transporte de carga y derivados y toda otra actividad relacionada con el giro maestranza industrial, la compra y venta, comercialización de insumos industriales y agrícolas, la prestación de servicios mecánicos automotriz, reparación, mantenimiento, lavado de vehículos automotriz y o Industriales.; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debenturas, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener retas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) la compraventa, consignación, permuta, distribución, mantenimiento, importación, exportación, arrendamiento con o sin opción de compra y reparación de camiones, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, maquinas, herramientas o móviles; respuestas y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y que existan en el futuro y cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complete o sea una consecuencia de los mismos, y otros que los socios acuerden; d) la prestación de servicios forestales, compra y venta, explotación, comercialización y procesamiento de la madera y sus productos, subproductos y derivados, la compra venta, explotación, comercialización y procesamiento de bosques, bienes raíces, el transporte de carga de madera y derivados y toda otra actividad relacionada con el giro forestal, la compra y venta, comercialización de insumos forestales, agrícolas e industriales.- Duración: 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al márgen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos 3 meses al termino del respectivo periodo. Capital: $5.000.000., dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; que el accionista NICOLÁS ENRIQUE GONZÁLEZ GODOY, suscribe acto escritura 50 acciones las que se encuentran pagadas y la accionista DANIELA ISIDORA GONZÁLEZ GODOY, suscribe acto escritura 50 acciones las que se encuentran pagadas. Con lo anterior se da por cancelado y aportado el capital social.- Administración: Corresponderá indistintamente accionistas NICOLÁS ENRIQUE GONZÁLEZ GODOY y a DANIELA ISIDORA GONZÁLEZ GODOY, quienes actuarán en forma conjunta o separada. Hay otras estipulaciones en escritura extractada.-