CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LUIS ROJAS LLEWELLYN & SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA

RUT 9412703-3 CVE 1741154
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de marzo de 2020
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de marzo de 2020
Notario
MARIANO TORREALBA ZILIANI
Domicilio
Bilbao N° 451

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP
Domicilio
Coquimbo
Duración
5 años a contar esta fecha, renovable a su vencimiento en forma automática tácita y sucesiva y por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso

Objeto social

prestar todo tipo de servicios orientados a dar apoyo a los familiares en todo el proceso de las exequias fúnebres que les afectan, además de la venta y compra de féretros de variados modelos, incluyendo diversidad también en los materiales de confección, incluso realizar el servicio de velatorio o levantamiento de capillas ardientes en lugares propios o arrendados a terceros, también el traslado a todo tipo de iglesias y a diversos camposantos o parques cementerios, incluyendo también los crematorios ya sean en la propia comuna, o en cualesquier otra del país, traslados en vehículos propios o arrendados, debidamente autorizados para el efecto por los organismos del Estado. Podrán también comercializar todo tipo de muebles e implementos necesarios para cumplir con el objetivo social de su actividad., dar y tomar en arriendo locales para el cumplimiento de sus objetivos sociales, tener la representación de firmas comerciales nacionales y extranjeras dedicadas al mismo rubro, la compraventa, la importación y exportación de toda clase de artículos relacionados con el servicio funerario, y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualesquiera de sus formas, y en general, realizar cualesquier acto o contrato relacionado con el objeto social, sea con capital propio o ajeno y en general efectuar todas aquellas actividades conexas con el objeto social, en la medida que la necesidad social así lo requiera. Asimismo podrán desarrollar cualesquier otro giro comercial o civil relacionados o no con el objeto social, la sociedad podrá invertir en toda clase de bienes corporales muebles, formar parte de otras sociedades, modificarlas, administrarlas y otros que se adecuen sin necesidad de modificar los presentes estatutos, además el de llevar a efecto su giro directamente o por medio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora o cualesquier otra que se acuerde

Administración

La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios, que son don LUIS DAVID ROJAS LLEWELLYN y don JAVIER DANIEL ROJAS GOMEZ, quienes actuando por la sociedad en forma conjunta o separada y anteponiendo la razón social a sus nombres y firma, la representarán con las más amplias facultades, señaladas cláusula cuarto escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIANO TORREALBA ZILIANI, Notario Público, Bilbao N° 451, Coquimbo, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Don LUIS DAVID ROJAS LLEWELLYN, C.I. N° 9.412.703-3, domiciliado en Avda. Videla N° 172, Coquimbo, y don JAVIER DANIEL ROJAS GOMEZ, C.I. N° 18.633.598-8, domiciliado en calle SS Papa San Félix Tercero N° 2679, sector Cantera Alta, Coquimbo, constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto respectivos aportes. Nombre: “LUIS ROJAS LLEWELLYN & SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA”, sin embargo, podrá también actuar en cualquier clase de asuntos incluso con los bancos, con el nombre de fantasía de “ROJAS LLEWELLYN LTDA.”.- Objeto: prestar todo tipo de servicios orientados a dar apoyo a los familiares en todo el proceso de las exequias fúnebres que les afectan, además de la venta y compra de féretros de variados modelos, incluyendo diversidad también en los materiales de confección, incluso realizar el servicio de velatorio o levantamiento de capillas ardientes en lugares propios o arrendados a terceros, también el traslado a todo tipo de iglesias y a diversos camposantos o parques cementerios, incluyendo también los crematorios ya sean en la propia comuna, o en cualesquier otra del país, traslados en vehículos propios o arrendados, debidamente autorizados para el efecto por los organismos del Estado. Podrán también comercializar todo tipo de muebles e implementos necesarios para cumplir con el objetivo social de su actividad., dar y tomar en arriendo locales para el cumplimiento de sus objetivos sociales, tener la representación de firmas comerciales nacionales y extranjeras dedicadas al mismo rubro, la compraventa, la importación y exportación de toda clase de artículos relacionados con el servicio funerario, y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualesquiera de sus formas, y en general, realizar cualesquier acto o contrato relacionado con el objeto social, sea con capital propio o ajeno y en general efectuar todas aquellas actividades conexas con el objeto social, en la medida que la necesidad social así lo requiera. Asimismo podrán desarrollar cualesquier otro giro comercial o civil relacionados o no con el objeto social, la sociedad podrá invertir en toda clase de bienes corporales muebles, formar parte de otras sociedades, modificarlas, administrarlas y otros que se adecuen sin necesidad de modificar los presentes estatutos, además el de llevar a efecto su giro directamente o por medio de otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora o cualesquier otra que se acuerde.- Domicilio: Coquimbo, sin perjuicio de sucursales, representaciones o agencias establezca en país o extranjero. Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social, corresponderá a ambos socios, que son don LUIS DAVID ROJAS LLEWELLYN y don JAVIER DANIEL ROJAS GOMEZ, quienes actuando por la sociedad en forma conjunta o separada y anteponiendo la razón social a sus nombres y firma, la representarán con las más amplias facultades, señaladas cláusula cuarto escritura extractada.- Capital: El capital social es la cantidad de $12.000.000.- que los socios suscriben y pagan del modo siguiente: a) Don LUIS DAVID ROJAS LLEWELLYN, suscribe la cantidad de $6.000.000.- enterando y pagando en este acto en dinero efectivo la suma de $2.000.000.- y la suma de $4.000.000.- los pagará y enterará en un plazo de 5 años desde la fecha de la escritura, y de acuerdo a las necesidades de la empresa.- b) don JAVIER DANIEL ROJAS GOMEZ, suscribe la cantidad de $6.000.000.-, enterando y pagando en este acto a la caja social la suma de $2.000.000.- y la suma de $4.000.000.- los pagará y enterará en un plazo de 5 años desde la fecha de la escritura, y de acuerdo con las necesidades de la empresa. En consecuencia, los derechos sociales en la sociedad referida, son de un 50% para el socio LUIS DAVID ROJAS LLEWELLYN, y de un 50% para el socio don JAVIER DANIEL ROJAS GOMEZ, de esta forma el capital social ha quedado íntegramente suscrito y comprometido su pago.- Duración: 5 años a contar esta fecha, renovable a su vencimiento en forma automática tácita y sucesiva y por periodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Coquimbo, 13 de marzo de 2020.-