Inmobiliaria Rentas Frutillar SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2020
- Repertorio
- 1299/2020
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $7.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de marzo de 2020, repertorio N°1299/2020, ante mí, comparece Inversiones P&K Limitada, domiciliado para estos efectos en calle Don Carlos 2939, oficina N°803, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien en su calidad de actual y único accionista de la sociedad Inmobiliaria Rentas Frutillar SpA, según el Registro de Accionistas tenido a la vista, modificó la sociedad Inmobiliaria Rentas Frutillar SpA, inscrita a fojas 5.120 número 2.894 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, en los siguiente términos: 1) Aumento de Capital: Aumentar el capital de la Sociedad, actualmente ascendente a $7.500.000.-, dividido 150 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, en la suma de $7.500.000.-, mediante la emisión de 150 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, con lo cual el capital de la Sociedad quedará fijado en la suma de $15.000.000, dividido en 300 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal. 2) Modificación de Estatutos: Sustituir el Artículo 6° permanente y el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos Sociales por los siguientes: “Artículo Sexto: Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $15.000.000, dividido en 300 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos”. “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital: El capital de la Sociedad, equivalente a $15.000.000, dividido en 300 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, a las que se hace referencia en el Artículo Sexto de los Estatutos, se suscribe y paga de la siguiente forma y proporciones: A) INVERSIONES P&K LIMITADA, suscribe y paga la cantidad de 150 acciones, equivalentes al 50% del capital social, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción; B) SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA JD LIMITADA suscribe y paga la cantidad de 150 acciones, equivalentes al 50% del capital sociedad, declarando la Sociedad recibirlo a su entera satisfacción”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2020.