Instrumento
- Fecha
- 6 de marzo de 2020
- Repertorio
- 5343
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
Objeto social
a) Fabricación y la manufactura de toda clase de artículos elaborados en cuero o cuero sintético o cualquier otro material similar, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayo y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos privilegios, patentes de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial, bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; c) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico, que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 06 de marzo de 2020, repertorio N° 5343, comparecieron don SANTIAGO MANUEL NARVÁEZ ROJAS, cédula de identidad para extranjeros Nº 22.220.486-0 y doña MARÍA CONSUELO ARAUJO ÁVALOS, cédula de identidad para extranjeros Nº 14.677.288-9, quienes constituyeron una Sociedad por Acciones la cual se regirá por los siguientes estatutos, y en lo no previsto por ellos, primeramente por las normas del Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, y supletoriamente, en la medida que no se contraponga a su naturaleza y a lo establecido en sus estatutos, por las normas aplicables a las Sociedades Anónimas Cerradas contenidas en la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento. Nombre: “MN Cueros SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “MN SpA”. Domicilio: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero.Objeto: a) Fabricación y la manufactura de toda clase de artículos elaborados en cuero o cuero sintético o cualquier otro material similar, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayo y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos privilegios, patentes de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial, bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; c) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Capital: $500.000., dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, el cual queda suscrito y pagado de la siguiente manera: a) Don SANTIAGO MANUEL NARVÁEZ ROJAS, suscribe en este acto la cantidad de 60 acciones por un valor de $300.000.- que pagará en el plazo de cinco años, en dinero o en especies; b) Doña MARÍA CONSUELO ARAUJO ÁVALOS, suscribe en este acto la cantidad 40 acciones por un valor de $200.000.- que pagará en el plazo de 5 años, en dinero o en especies. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 10 de marzo de 2020.