INMOBILIARIA CASANOVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2020
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $385.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA CASANOVA LIMITADA | socio | 77032634-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2020, ante mí, don ALVARO JAVIER TORRES NAVIA, y doña PAULA ANDREA CASANOVA ROMÁN, domiciliados en calle Bío Bío 1021, departamento 503, Puerto Varas, modificaron INMOBILIARIA CASANOVA LIMITADA, RUT N° 77.032.634-6, constituida por escritura pública otorgada en esta misma Notaría con fecha 04 de marzo de 2019 e inscrita fojas 122 vuelta N° 100 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas año 2019, disminuyendo el capital social actual de $385.000.000.- a la suma de $205.000.000.-, rebajándolo así en la suma de $180.000.000.-, a través de la resciliación del aporte en dominio que el socio don ÁLVARO JAVIER TORRES NAVIA hiciera respecto del departamento N° 503 del 5° piso del Edificio Volcán Calbuco, de la comuna de Puerto Varas, inscrito actualmente a nombre de la sociedad a fojas 940 número 1300 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2019. En virtud de lo anterior, modifican el artículo 5° de los estatutos sociales relativo al capital de la sociedad, el que queda del siguiente tenor: “QUINTO: El capital social es la suma única y total de $205.000.000.-, que se encuentra pagado y enterado en dominio de la sociedad a plena satisfacción de las partes en los montos que a continuación se indican: a) don ÁLVARO JAVIER TORRES NAVIA con la suma de $190.000.000.- equivalente aproximadamente a un 92,7% del capital social que ha pagado y pagará de la siguiente manera: i) Con la suma de $175.000.000.- pagados en el acto de constitución social mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, hoy debidamente inscritos a nombre de la sociedad; y ii) Con la suma de $15.000.000, en dinero efectivo, de los cuales se ha enterado la suma de $1.000.000.- en el acto de constitución social y obligándose a enterar el saldo de $14.000.000.- en el plazo de 3 años contados desde el acto de constitución social y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; y b) doña PAULA ANDREA CASANOVA ROMÁN con la suma de $15.000.000.-, en dinero efectivo, de los cuales se han enterado la suma de $500.000.- en el acto de constitución social y obligándose a enterar el saldo de $14.000.000.- en el plazo de tres años contados desde el acto de constitución social y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, equivalente aproximadamente a un 7,3% del capital social.-”.- Asimismo, los socios modifican la primera parte del artículo segundo de los estatutos sociales relativo a la razón social de la sociedad, cláusula que queda del siguiente tenor: “SEGUNDO: El nombre o razón social es “INMOBILIARIA CASANOVA LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive antes Bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial y/o nombre de fantasía de “ICASAN LTDA.”, y su domicilio la comuna de Puerto Varas, sin perjuicio de las agencias, representaciones y sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero”.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 13 de marzo de 2020.