MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ACTUM CORREDORA DE SEGUROS SpA

RUT 77094262-4 CVE 1740399
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2019
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don Julio Edgardo González Navarrete, C.I. N° 12.563.861-9, domiciliado en calle Los Alpes 960 departamento 807-b, comuna de Las Condes, Santiago y doña Lissette Masiel Alcaíno Fernández, C.I. N° 16-798.298-0, domiciliada en Avenida Ejército Libertador N° 521, departamento 316, comuna de Santiago, sanearon y modificaron la sociedad por acciones “ACTUM CORREDORA DE SEGUROS SpA”, constituida por escritura pública de 5 de noviembre de 2019 ante mi, inscrita en extracto con fecha 8 de noviembre de 2019 a fojas 87655 N° 43087 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 y publicada en extracto en el noviembre de 2019 en esta Notaría, de las que extracto lo siguiente: 1.- Se reemplaza en el extracto de la escritura el texto del artículo segundo de los estatutos por el siguiente: “ Artículo Segundo: El objeto de la sociedad será el corretaje de seguros e intermediación remunerada de contratos de seguros generales y de vida con cualquier entidad aseguradora radicada en el país, y en general cualquier otra actividad, negocio u operación permitida por la legislación a corredores de seguros; la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros y efectos de comercio y la prestación de servicios de consultoría profesional. Para desarrollar la actividad de corretaje de seguros la sociedad deberá inscribirse en el Registro de Auxiliares del Comercio de Seguros que lleva la Comisión para el Mercado Financiero.”. 2.- Se reemplaza el artículo décimo sexto del estatuto social, por el siguiente: “Artículo Décimo Sexto: La Junta de Accionistas designará anualmente una empresa de auditores externos independientes con el objeto de que examinen la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros de la Sociedad, debiendo informar por escrito a la próxima Junta de Accionistas sobre el cumplimiento de su mandato.- Santiago, 28 de febrero de 2020.