COMERCIAL, AGRICOLA Y TURISTICA RUCALHUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2020
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cinco de febrero del año dos mil veinte, ante mí, don JOSE LUIS VILAR HERNANDEZ, chileno, soltero, empleado, cedula de identidad número nueve millones ochocientos ochenta y dos mil quinientos ochenta cinco guión uno, domiciliado en kilómetro siete camino Freire a Villarrica, comuna de Freire y de paso en ésta, don ALEJANDRO BERNABÉ VILAR HERNANDEZ, chileno, casado, empleado, cédula de identidad número diez millones doscientos cincuenta mil quinientos cuarenta y siete guión seis, domiciliado en Las Mariposas, parcela tres, comuna de Temuco y doña BARBARA ALICIA VILAR HERNANDEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes según se acreditará al final de la presente escritura, empleada, cédula de identidad número diez millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco guión uno, domiciliada en Las Mariposas, parcela cinco, comuna de Temuco, expresaron: Que por escritura pública otorgada ante el notario de Temuco, don Jorge Tadres Hales con fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, Repertorio número siete mil novecientos noventa y siete de dos mil diecinueve; se disolvió y liquidó la sociedad denominada “COMERCIAL, AGRICOLA Y TURISTICA RUCALHUE LIMITADA”, la que fue publicada en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta con fecha dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, cuyo extracto no fue inscrito dentro del plazo legal en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- La sociedad mencionada fue constituida por escritura pública de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y siete, ante el Notario de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se inscribió a fojas ochocientos ochenta y cinco número seiscientos setenta y nueve, del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y siete del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.- PRESENTE SANEAMIENTO: En atención a que el extracto de la escritura de disolución de la sociedad de responsabilidad limitada de nombre “COMERCIAL, AGRICOLA Y TURISTICA RUCALHUE LIMITADA”, no se inscribió dentro del plazo legal, y conforme lo faculta la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve del año mil novecientos noventa y siete, los comparecientes vienen en sanear dicha omisión mediante la suscripción de la presente escritura, a fin de practicar la pertinente inscripción de su extracto en el Registro de Comercio competente.- En todo lo no contemplado en esta escritura, los comparecientes ratifican en todos sus términos la escritura pública otorgada ante mí con fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, la cual se mantiene plenamente vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 20 de Febrero de 2020.-