SOCIEDAD COMERCIAL PAMPA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2020
- Notario
- JUAN FACUSE HERESI
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Macul
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de fecha, 27 de febrero de 2020, ante mí Notario Suplente Arturo Barrios Arriagada, los señores CRISTIAN FERNANDO GALVEZ LEON, domiciliado en calle Mejillones número dos mil ciento ochenta y uno, comuna de Cerro Navia, Región Metropolitana; VIVIANA MARCELA UMAÑA MONTENEGRO, domiciliada en calle Dionisio número novecientos setenta y ocho, comuna de Renca, Región Metropolitana, YENNIFER SOLEDAD ALARCON OYARCE, domiciliada en calle Aníbal Pinto número quinientos nueve, comuna de Concepción, Octava Región; y JORGE ALEJANDRO SANCHEZ PINCHEIRA, domiciliado en Avenida La Florida número ocho mil setecientos cuarenta y cinco, comuna de La Florida, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL PAMPA LIMITADA”, sentido que: uno) don CRISTIAN FERNANDO GALVEZ LEON vende, cede y transfiere a don(a) YENNIFER SOLEDAD ALARCON OYARCE, el cien por ciento de sus derechos sociales que corresponden al noventa por ciento de la participación social en la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL PAMPA LIMITADA”, en la suma de $4.500.000. Dos) doña VIVIANA MARCELA UMAÑA MONTENEGRO vende, cede y transfiere a don(a) YENNIFER SOLEDAD ALARCON OYARCE, el cincuenta por ciento de sus derechos sociales que corresponden al cinco por ciento de la participación social que posee en la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL PAMPA LIMITADA”, en la suma de $250.000. Tres) doña VIVIANA MARCELA UMAÑA MONTENEGRO vende, cede y transfiere a don JORGE ALAEJANDRO SANCHEZ PINCHEIRA, el cincuenta por ciento de sus derechos sociales que corresponden al cinco por ciento de la participación social que posee en la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL PAMPA LIMITADA”, en la suma de $150.000. Cuatro) En consecuencia queda como únicos socios doña YENNIFER SOLEDAD ALARCON OYARCE con el 95% de los derechos sociales, y don JORGE ALEJANDRO SANCHEZ PINCHEIRA, con un 5% de los derechos sociales. Cinco) Acuerdan los nuevos socios que la administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don(a) YENNIFER SOLEDAD ALARCON OYARCE, con amplias facultades. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 04 de marzo de 2020.