COMERCIAL ZHENG DA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2020
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, suplente del titular Felix Jara Cado, certifica: por escritura pública hoy ante mí: don ZHENGHAI XU, don YAOFANG ZHANG, y BIXIA YIN, todos domiciliados para estos efectos en calle Gorbea número dos mil ochocientos veintiuno, Comuna de Santiago, Región Metropolitana. Por escritura pública de fecha veinte de septiembre del dos mil diecisiete, otorgada ante el notario público de Santiago, don Félix Jara Cadot, se constituyó la sociedad “COMERCIAL ZHENG DA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 74.373, número 40.082 del CBR de Santiago, correspondiente al año 2017. Posteriormente fue modificada. Capital social asciende a $10.000.000. Modificación actual consiste: Por el presente instrumento el socio don ZHENGHAI XU, vende, cede y transfiere un 10% de sus derechos, acciones y participación en el capital social, a doña BIXIA YIN, quien los compra, acepta y adquiere para si, en la suma de $1.000.000, que paga al cedente em este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último que los recibe conforme y a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos antes señaladas, quedan como únicos y actuales socio de COMERCIAL ZHENG DA LIMITADA, don ZHENGHAI XU, con un 89%, don YAOFANG ZHANG, con un 1%, y doña BIXIA YIN, con un 10%, todos de derechos, acciones y participación en el capital social. Por el presente instrumento comparecientes y actuales socios de COMERCIAL ZHENG DA LIMITADA, modifican la ADMINISTRACIÓN, representación y uso de la razón social la cual corresponderá a todos los socios separada e indistintamente, quienes la administrarán y representarán con las más amplias facultades, todas ellas señaladas en el pacto social constitutivo, todas las cuales se dan por expresamente reproducidas una a una en el pacto asocial constitutivo. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigentes cláusulas del pacto social constitutivo y modificación posterior. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 28 de febrero de 2020.