MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTORA PEÑIHUE LIMITADA

RUT 76134925-2 CVE 1737929
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de febrero de 2020
Notaría
Puerto Montt
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 2020
Repertorio
728
Notario
ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS
Oficio
Cuarta Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá domicilio en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, de gestión y consultorías, administración y recursos humanos, estudio de opinión , encuestas, análisis y estadísticas, gestión y servicios inmobiliarios, asesoría gestión y prestación de servicios educacionales, asistencia, técnica, capacitación; el diseño, creación, gestión, planificación, formulación, implementación, ejecución y evaluación de actividades, proyectos o programas sociales de inversión pública o privada en el área social, salud, educación, cultura, deporte, recreación, de formación jurídica, ganadera, agrícola, forestal, marketing y actividades de apoyo a la empresa privada y pública; organización o producción de eventos relacionados con los fines de la sociedad; la exportación, importación, distribución, fabricación, representación y comercialización de toda clase de bienes o productos necesarios o afines con el objeto social, pudiendo al efecto contratar los servicios de terceros. De común acuerdo, los socios podrán además realizar cualquier otra actividad, directa o indirectamente relacionada con las actividades antes descritas u otras que los socios acuerden

Administración

La administración corresponderá a don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO ANDRES GAJARDO CASAÑAS, Notario Público de la Cuarta Notaría de Puerto Montt, con oficio en Urmeneta 542, certifica: Que por escritura pública de fecha 10/02/2020, repertorio 728, ante mi: doña INÉS SOLEDAD TÉLLEZ TÉLLEZ, chilena, casada, asistente social, Run N°: 15.299.193-2, domiciliada en Calle Nueva 7, comuna Puerto Varas; don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ chileno, casado, contador auditor, Run N°: 15.262.034-9, domiciliado en Calle Nueva 7, comuna Puerto Varas; y doña CAROLINA ANDREA ÁGUILA HERNANDEZ, chilena, soltera, licenciada en trabajo social, Run N°: 14.227.846-4, domiciliada en La Vara Senda Sur S/N, comuna Puerto Montt; modificaron “CONSULTORA PEÑIHUE LIMITADA”, la cual fue constituida con fecha el 8 de Febrero de 2011 por escritura pública otorgada en la notaria de Puerto Montt, de doña Carmen Ojeda Cáceres, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de Febrero de 2011 e inscrito a fs. 176 vta. Nº 163 Registro Comercio de Puerto Montt, año 2011, en los términos siguientes: PRIMERO: Por el presente instrumento, doña INÉS SOLEDAD TÉLLEZ TÉLLEZ, con el consentimiento expreso de doña CAROLINA ANDREA ÁGUILA HERNÁNDEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 33,3 % del interés social, a don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de $1.000.000 de pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando doña INÉS SOLEDAD TÉLLEZ TÉLLEZ haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Todas las partes renuncian a toda condición resolutoria emanada del presente contrato. En virtud de lo anterior, se retira como socio de “CONSULTORA PEÑIHUE LIMITADA”, doña INÉS SOLEDAD TÉLLEZ TÉLLEZ, quedando como únicos socios de “CONSULTORA PEÑIHUE LIMITADA”: a) Don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ con un 66,6% de los derechos sociales y b) Doña CAROLINA ANDREA ÁGUILA HERNÁNDEZ con un 33,3% de los derechos sociales. Producto de lo estipulado en la cláusula anterior y con el objeto de dejar constancia de la modificación anterior, se modifica el artículo sexto del pacto social, quedando como sigue: SEXTO: “El capital de la sociedad es la cantidad de tres millones de pesos, que se suscriben y pagan según se pasa a exponer: a) Doña CAROLINA ANDREA HERNÁNDEZ aporta la suma de un millón de pesos, equivalente a un tercio del interés social, de los cuales suscribe y que fueron pagados con anterioridad a este acto al contado y en dinero en efectivo; y b) Don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ aporta la suma de dos millones de pesos, equivalentes a dos tercios del interés social, de los cuales suscribe y que fueron pagados con anterioridad a este acto al contado y en dinero en efectivo.” SEGUNDO: Doña CAROLINA ANDREA HERNÁNDEZ y Don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ transformaron la sociedad de responsabilidad limitada “CONSULTORA PEÑIHUE LIMITADA” en una sociedad sociedad por acciones. Razón social: “CONSULTORA PEÑIHUE SpA”. Nombre fantasía: “PEÑIHUE SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, de gestión y consultorías, administración y recursos humanos, estudio de opinión , encuestas, análisis y estadísticas, gestión y servicios inmobiliarios, asesoría gestión y prestación de servicios educacionales, asistencia, técnica, capacitación; el diseño, creación, gestión, planificación, formulación, implementación, ejecución y evaluación de actividades, proyectos o programas sociales de inversión pública o privada en el área social, salud, educación, cultura, deporte, recreación, de formación jurídica, ganadera, agrícola, forestal, marketing y actividades de apoyo a la empresa privada y pública; organización o producción de eventos relacionados con los fines de la sociedad; la exportación, importación, distribución, fabricación, representación y comercialización de toda clase de bienes o productos necesarios o afines con el objeto social, pudiendo al efecto contratar los servicios de terceros. De común acuerdo, los socios podrán además realizar cualquier otra actividad, directa o indirectamente relacionada con las actividades antes descritas u otras que los socios acuerden. Domicilio: La sociedad tendrá domicilio en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, sin perjuicio de agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer en el país o en el extranjero. Duración: Regirá a contar desde esta fecha y tendrá una duración Indefinida. Capital: $3.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, una sola serie, sin valor nominal. Capital suscrito: 3.000.000 que fueron pagados con anterioridad a este acto. Administración: La administración corresponderá a don MIGUEL ÁNGEL MAURICIO SÁEZ SÁEZ. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 09 de Marzo del 2020.