MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Inmobiliaria Tejas de Lampa Limitada

RUT 79643520-8 CVE 1737453
Capital
$182.303.137 CLP
Fecha instrumento
24 de febrero de 2020

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2020
Repertorio
1065/2020
Notario
Jorge Reyes Bessone
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$182.303.137 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, Comuna de San Miguel, certifica: que por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2020, repertorio N°1065/2020, ante mi Suplente, Fernando Sepúlveda Rosas, José Alfredo Jara Valenzuela, por sí y en representación de las sociedades Inversiones El Mirador Limitada; Inmobiliaria Los Jardines de San Francisco de Asís S.A. y Rentas San Francisco Limitada, todos los anteriores domiciliados en calle La Cabaña N° 237, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron la modificación de “Sociedad Inmobiliaria Tejas de Lampa Limitada”, en el siguiente sentido: I. Dar cuenta Hecho: Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2019, otorgada en la Notaría de don Jorge Reyes Bessone, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Inmobiliaria Los Jardines de San Francisco de Asís S.A.”, celebrada con fecha 31 de diciembre de 2019, en que los accionistas acordaron la división de la sociedad “Inmobiliaria Los Jardines de San Francisco de Asís S.A.” en: a) la sociedad continuadora, “Inmobiliaria Los Jardines de San Francisco de Asís S.A.”; y, b) una sociedad naciente, “Rentas San Francisco Limitada” . Como consecuencia de lo anterior, la participación que le correspondía a “Inmobiliaria Los Jardines de San Francisco de Asís S.A.” en “Sociedad Inmobiliaria Tejas de Lampa Limitada”, se asignó y pasó a manos de “Rentas San Francisco Limitada”. II. Modificación Sociedad: Como consecuencia de lo anterior, los actuales socios de Sociedad Inmobiliaria Tejas de Lampa Limitada acuerdan modificar el Artículo Cuarto del pacto social, quedando expresado en el siguiente tenor: Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $182.303.137, íntegramente pagado y distribuido entre sus socios en las cantidades y proporciones que se detallan a continuación: a) José Alfredo Jara Valenzuela, con el 55% de los derechos sociales; b) Rentas San Francisco Limitada, con el 44% de los derechos sociales; y c) Inversiones El Mirador Limitada, con el 1% de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 4 de marzo de 2020.